| demo | 2025-11-28 · NEW: |
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Documento annotato il 28.11.2025
Fonte: aepd.es
Link: https://www.aepd.es/documento/politica-iag-aepd.pd
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Eestimated reading time: 51 min POLÍTICA GENERAL PARA EL USO
DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
ADMINIST ...
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ADMINISTRATIVOS DE LA AEPD
VERSIÓN: 2 7 DE NOVIEMBRE DE 2025
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
ADMINISTRATIVOS DE LA AEPD
2
Índice
1. INTRODUCCIÓN 4
2. OBJETIVOS DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA IAG EN LOS PROCESOS DE LA AEPD 5
3. CASOS DE USO EN EL ÁMBITO ADMINISTRATIVO DE LA AEPD 5
4. ANÁLISIS DE LOS RIESGOS PLANTEADOS POR LA IAG 11
5. GOBERNANZA, POLÍTICAS Y GESTIÓN DE LA IAG 13
A) Gobernanza interna 13
B) POLÍTICAS 14
POLÍTICA DE SELECCIÓN DEL TIPO DE SOLUCIÓN IAG 14
POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE INFORMACIÓN PERSONAL Y SENSIBLE O CONFIDENCIAL 16
POLÍTICA DE DISEÑO DE LOS CASOS DE USO 17
POLÍTICA DE DISPONIBILIDAD Y RESILIENCIA 18
POLÍTICA DE TRANSPARENCIA CON RELACIÓN AL USO DE IAG 19
POLÍTICA DE EXPLICABILIDAD 19
POLÍTICA CON RELACIÓN A LAS DECISIONES AUTOMATIZADAS Y SU SUPERVISIÓN 20
POLÍTICAS CON RELACIÓN A LA PROTECCIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES 21
POLÍTICA DE CIBERSEGURIDAD 22
POLÍTICA DE CONTRATACIÓN 23
POLÍTICA DE RECURSOS HUMANOS CON RELACIÓN A LA IAG 24
POLÍTICA DE USO PARA EL PERSONAL 24
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
ADMINISTRATIVOS DE LA AEPD
3
POLÍTICA DE SUPERVISIÓN DE ESTA POLÍTICA 25
C) PROCEDIMIENTOS 25
PROCEDIMIENTO DE REDACCIÓN APROBACIÓN Y REVISIÓN DE ESTA POLÍTICA GENERAL 25
PROCEDIMIENTO PARA INCORPORAR UN CASO DE USO 26
PROCEDIMIENTO DE DISEÑO Y DESPLIEGUE DE UN CASO DE USO 27
PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE INCIDENTES 27
PROCEDIMIENTOS DE SUPERVISIÓN DE ESTA POLÍTICA 28
6. CONCLUSIONES 29
7. REFERENCIAS 30
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
ADMINISTRATIVOS DE LA AEPD
4
1. INTRODUCCIÓN
El Plan Estratégico 2025 -2030 de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) apuesta por una
política de IA first , promoviendo el uso seguro y responsable de la inteligencia artificial en todos los
ámbitos en que resulte posible. La Agencia comparte la convicción de que la incorporación de la IA —
y, en particular, de la inteligencia artificial generativa (en adelante IAG) — debe integrarse como un
proceso normal en el funcionamiento de las administraciones públicas, al igual que en otros sectores
de la sociedad. El objetivo es alcanzar la máxima eficiencia y calidad en el ejercicio de las funciones
públicas, ap rovechando las capacidades que ofrece para mejorar los procesos y servicios, en
cumplimiento del principio constitucional de eficacia y de los mandatos constitucionales y legales de
eficiencia y mejora continua que orientan la actuación administrativa.
La .... ...... . ........... .. .. ......... ............. .. .. ... .. ........ ............ .........
a la administración pública, demostrando que la innovación tecnológica puede convivir con el
cumplimiento normativo, la protección de los derechos funda mentales y la promoción de una cultura
organizativa moderna, abierta al cambio y preparada para los retos del futuro digital.
El presente documento, en esta su primera versión, establece las bases para una política institucional
de implementación y uso responsable de servicios de Inteligencia Artificial Generativa en los procesos
administrativos de la .... –.... ........ ... ........., . .., ..... .......... (............) –,
orientando su despliegue progresivo y eficaz. Esta política se aprueba en ejercicio de las facultades
de autoorganización y en el marco de la independencia de la AEPD, y forma parte de la Política de
Informac ión de la Agencia 1.
La política general descrita en este documento promueve, en el ámbito interno de la Agencia, la
transparencia, la seguridad y la confianza en la implementación de la inteligencia artificial por la
AEPD, con las garantías adecuadas en los tratamientos de da tos personales, no personales o la
combinación de ambos, y con un enfoque integral y conforme a derecho en el uso de la IA. Se trata de
una política interna, aplicable exclusivamente a la AEPD, que no tiene carácter interpretativo respecto
del Reglamento d e Inteligencia Artificial 2 ni de otras normas europeas o nacionales. Esta política no
acredita, no presupone ni desarrolla obligaciones derivadas del Reglamento de Inteligencia Artificial,
y queda expresamente fuera de cualquier función de análisis, aplicación o interpretación de d icho
Reglamento, incluido lo relativo a la identificación de sistemas prohibidos o de alto riesgo 3 y a las
obligaciones vinculadas a ellos. El alcance de esta Política se circunscribe, por tanto, al uso de IAG en
los procesos administrativos de la AEPD, sin que pueda considerarse en ningún caso una verificación,
evaluación, certificación o forma indire cta de aplicación del Reglamento de Inteligencia Artificial .
1 La asignación de responsabilidades no ha de confundirse con la figura del responsable tal como se define en el
RGPD. 2 El Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de junio de 2024 por el que se establecen
normas armonizadas en materia de inteligencia artificial, en la medida que sea aplicable a los sistemas de IA
desplegados y a los modelos de uso general utilizados. 3 Las referencias a “alto riesgo” o similares que pudieran aparecer en esta Política responden al uso habitual de esa
expresión en ámbitos de protección de datos, gestión de riesgos o análisis organizativo. No implican en ningún caso
guardan relación con la categoría de sistemas de alto riesgo definida por el Reglamento de Inteligencia Artificial
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
ADMINISTRATIVOS DE LA AEPD
5
2. OBJETIVOS DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA IAG EN LOS PROCESOS DE LA AEPD
Los objetivos de la .... ... ......ó. .. .......... .. ....... .. ... .. ... ........ .. .. ...., ...:
• Aumentar la eficacia, eficiencia y calidad de los procesos de la .... . ....é. .. ..
innovación: Aumento que no ha de ser puntual, sino que debe ser sostenido y paralelo al
despliegue de nuevas tecnologías de IAG.
• Proteger los derechos fundamentales : Protección de los derechos y libertades tanto del
personal de la Agencia como de la ciudadanía en general, en particular con relación a la
protección de datos personales y , más allá del estricto cumplimiento normativo, con base
en el principio de responsabilidad proactiva.
• Proteger la información sensible o confidencial de la AEPD: A estos efectos, se entenderá
como información sensible o confidencial a cualquier dato que, si se divulga o accede sin
autorización, puede suponer un riesgo o perjuicio para personas físicas y jurídicas, o para los
objetivos de la organización.
• Garantizar la salud y seguridad en el trabajo: El despliegue de sistemas IAG puede
realizarse implementando medidas que directamente benefician y protegen a la persona
trabajador a, evitando riesgos de cosificación, incertidumbre ante nuevos escenarios u otros
riesgos cognitivos.
• Garantizar la continuidad de procesos : Asegurando que la redefinición tecnológica de
procesos mantiene su disponibilidad y resiliencia.
• Controlar los costes operativos y financieros: La IAG supone una inversión en la
organización y las soluciones que se desplieguen tienen que contemplar que no solo es una
cuestión de ahorro sino de eficiencia estratégica, de forma que los factores económicos para
que sean escalables y mantenibles.
• Fortalecer la confianza de la ciudadanía en la AEPD : Garantizando la coherencia en la
aplicación de criterios y respuesta a la ciudadanía, y acompañando el aumento de eficacia
con una mayor transparencia, explicabilidad y trazabilidad en las acciones realizadas.
3. CASOS DE USO EN EL ÁMBITO ADMINISTRATIVO DE LA AEPD
En el marco de esta política, se identifican escenarios donde los sistemas IAG aportan valor y eficiencia
a los procesos administrativos desarrollados por la AEPD. Cada escenario se denomina “caso de uso”
y supone implementar en un proceso de la .... ... . .á. ........ .. ...
Existirán procesos que no traten datos personales, y otros que sí traten datos personales
(tratamientos de datos según el RGPD). De cualquier modo, cada caso de uso requiere analizar el
impacto que tiene el o los sistemas de IAG en todo el proceso, lo que incluye la interacción con otros
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
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6
sistemas que no están basados en IAG 4IA, los recursos humanos y material, y los procedimientos
organizativos de dichos procesos.
Los casos de uso identificados muestran las principales aplicaciones de la IAG en los procesos internos
de la AEPD, comunes en las administraciones públicas. Abarcan desde tareas de apoyo a la
comunicación institucional, la redacción de documentos, la auto matización ofimática o la
elaboración de materiales formativos, hasta la generación de informes, resúmenes o traducciones de
documentos de acceso público. También se contemplan aplicaciones orientadas a la mejora de la
gestión interna, como asistentes norm ativos, herramientas de apoyo a la tramitación de
procedimientos o sistemas inteligentes de seguimiento del plan estratégico. Casos de uso 5 similares
pueden presentar un riesgo o impacto significativamente menor cuando no incorporan información
con datos personales, información sensible o confidencial.
La siguiente tabla de casos de uso identificados no tiene carácter exhaustivo ni vinculante, sino
ejemplificativo, y se actualizará de acuerdo con la evolución tecnológica, la normativa aplicable y las
necesidades organizativas de la Agencia.
Cabe reiterar que esta política no evalúa ni clasifica los casos de uso en términos del Reglamento de
Inteligencia Artificial. No obstante, y en todo caso, se considera que ninguno de los casos de uso
pueda encajar en la categoría de sistemas de alto riesg o –ni, obviamente, prohibidos – definida por
dicho Reglamento. A mayor cautela, si en una fase posterior de desarrollo o despliegue se apreciara
que un caso de uso pudiera estar comprendido en alguno de los supuestos regulados por el
Reglamento de Inteligen cia Artificial, correspondería aplicar íntegramente el régimen jurídico
previsto en dicho instrumento.
4 Como pueden ser sistemas de recogida de datos, procesado, transmisión, almacenamiento o incluso de ayuda a la
decisión no basados en sistemas IAG. 5 Es importante no confundir el riesgo que puede existir en proceso (o tratamiento cuando hay datos personales) con
el riesgo de un sistema IA. En muchos casos de uso de distinto riesgo se piensa usar el mismo sistema. Tampoco hay
que confundir el riesgo qu e el uso de un sistema IA puede suponer para una organización (como el riesgo
reputacional) con la clasificación de riesgo que tiene un sistema de IA de acuerdo al Reglamento (UE) 2024/1689.
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7
Casos de Uso Descripción
Estructuración, gestión o
resumen de documentos
generales y abiertos
(documentos públicos)
Aplicación de modelos inteligentes para resumir, extraer
información clave y transformar documentos de carácter
público o no confidencial en formatos estructurados que
faciliten su análisis o reutilización. Pueden generarse
versiones de clasificación o aná lisis automatizado con fines de
estudio o divulgación, garantizando en todo caso la
anonimización y la exclusión de datos personales.
Traducción de documentos
público s
Facilitar la traducción de documentos públicos en diferentes
idiomas. Permite traducir documentos redactados en lenguas
extranjeras (por ejemplo, resoluciones de autoridades
europeas) al español, o viceversa, adaptando el estilo de la
traducción según el p úblico objetivo.
Generación de contenidos de
comunicación institucional
Asistencia integral a la producción y revisión de materiales de
comunicación institucional.
Generación de esquemas,
mapas conceptuales e
infografías para la
comunicación
Creación de esquemas, mapas conceptuales e infografías
explicativas elaboradas a partir de información pública o de
fuentes abiertas, para apoyar la comprensión y difusión de
contenidos.
Generación material y
contenidos multimedia
interactivo y de comunicación
Desarrollo de contenido multimedia interactivo destinado a la
educación y divulgación ciudadana, así como composición
automática de música o sonido ambiental para acompañar
vídeos o actos públicos institucionales o promocionales.
Generación de audios o vídeos a
partir de contenidos y
documentación abierta
Generación de locuciones o vídeos sintéticos, obtenidas
exclusivamente a partir de documentación pública o no
confidencial y sin datos personales, aplicables a audioguías,
servicios telefónicos o materiales accesibles.
Elaboración de contenidos
divulgativos o formativos
Apoyo en la creación de materiales de sensibilización y
formación interna o externa sobre protección de datos,
accesibles y adaptados a distintos perfiles.
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8
Identificación de tendencias o
patrones a partir de fuentes
abiertas
Identificación de tendencias o patrones mediante el análisis
automatizado de información abierta para el apoyo a la toma
de decisiones.
Elaboración de gráficas, tablas e
informes a partir de información
de acceso público o no
confidencial
Elaboración automática de gráficos, tablas e informes
financieros o presupuestarios basados en datos de acceso
público o no confidenciales, garantizando la exclusión de
información personal o sensible.
Asistencia en la aproximación y
preparación general de
argumentos, estudios jurídicos y
técnicos
Utilización de sistemas de IA generativa para el análisis y
contraste de fuentes jurídicas, doctrinales o técnicas de
carácter público o no confidencial, con el fin de elaborar
marcos argumentales, estudios comparados, notas técnicas o
hipótesis interpreta tivas. Estas herramientas apoyan la
preparación de estrategias o enfoques jurídicos sin sustituir la
valoración profesional ni implicar toma de decisiones
automatizadas.
Asimismo, pueden emplearse para el análisis exploratorio y
sistemático de fuentes jurídicas o abiertas, la comparación de
marcos normativos o doctrinales, y la elaboración de estudios
generales que no involucren información confidencial ni datos
personales .
Asistencia en la redacción inicial
de elementos generales y
aislados cuyas ideas luego
puedan incorporarse a
resoluciones, informes o guías
técnicas
Utilización de sistemas de IA generativa para el análisis y
contraste de fuentes jurídicas, doctrinales o técnicas de
carácter público o no confidencial, con el fin de elaborar
marcos argumentales, estudios comparados, notas técnicas o
hipótesis interpreta tivas. Estas herramientas apoyan la
preparación de estrategias o enfoques jurídicos sin sustituir la
valoración profesional ni implicar toma de decisiones
automatizadas.
Asimismo, pueden emplearse para el análisis exploratorio y
sistemático de fuentes jurídicas o abiertas, la comparación de
marcos normativos o doctrinales, y la elaboración de estudios
generales que no involucren información confidencial ni datos
personales .
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ADMINISTRATIVOS DE LA AEPD
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Asistencia en tareas de
desarrollo y configuración de
sistemas
La IA se ha convertido en una herramienta clave para tareas
técnicas como scripting, generación de consultas SQL,
construcción de expresiones regulares y resolución de dudas
sobre software específico. Facilita gran parte del trabajo,
permitiendo a los usua rios enfocarse en la revisión y ajuste
fino en lugar de empezar desde cero. Esto es especialmente
útil en entornos donde se manejan múltiples tecnologías y
configuraciones avanzadas de sistemas.
Asistente interno normativo o
doctrinal
Desarrollo de asistentes virtuales internos que faciliten la
consulta rápida de legislación, resoluciones, informes
jurídicos, criterios interpretativos de la Agencia, etc.,
mejorando el acceso al conocimiento organizativo. Pueden
servir de apoyo para la i nspección, para las distintas fases de
tramitación de solicitudes de aprobación de códigos de
conducta y las de solicitudes de acuerdos de transferencias
internacionales, o para la elaboración de resúmenes
anonimizados para apoyo a divulgación de contenido s, entre
otras.
Transcripción de audio y vídeo
procedente de fuentes abiertas
sin información confidencial
Transcripción de contenidos multimedia de fuentes abiertas o
no confidenciales para su incorporación a diferentes flujos de
trabajo o estudios. Podría contener datos personales.
Transcripción de audio y vídeo
que contenga información
interna, privada o confidencial,
en su caso de reuniones y apoyo
a la generación de actas
Transcripción de reuniones internas, en su caso para apoyo a
la generación de actas. Así como de audios particulares de
entrevistas concedidas o intervenciones realizadas por el
personal de la Agencia en actos o eventos y elaboración de
resumen del texto r esultante.
Estructuración, gestión o
resúmenes de documentos
administrativos internos o con
datos personales
Aplicación de modelos inteligentes para resumir, extraer
información clave y convertir documentos administrativos
internos en estructuras normalizadas que mejoren su
tramitación o análisis automatizado. En estos casos, debe
aplicarse una anonimización comp leta o parcial de los datos
personales y limitar el tratamiento a entornos seguros y
autorizados, por ejemplo, para elaborar versiones
anonimizadas destinadas a consultas de transparencia o
informes internos.
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
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Redacción de borradores,
cartas, correos o notas internas
con tono institucional
Utilización de sistemas inteligentes para elaborar propuestas
iniciales de respuesta a la ciudadan ía u organismos, o escritos
agilizando tiempos de tramitación y garantizando coherencia
en los mensajes institucionales.
Generación de borradores de
respuesta a consultas para
canales de atención al
ciudadano, canal DPD y joven.
La utilización de RAGs y sistemas bien afinados permitirán
acceder a información actualizada en tiempo real sobre todo
el material producido por la .... .... ........ .......... ..
respuestas a consultas específicas de los canales de atención
al ciudadano, canal del DPD y canal joven.
Clasificación y resumen de
denuncias, reclamaciones,
consultas y otras entradas.
Aplicación de modelos de procesamiento de lenguaje natural
(PLN) para facilitar el tratamiento inicial de la información que
llega a la Agencia, permitiendo su categorización, indexación y
análisis preliminar.
Apoyo en el análisis de EIPD
(Evaluación de Impacto en
Protección de Datos)
Utilización de modelos expertos para realizar un primer triaje
o apoyo documental en los informes de evaluación de
impacto, proporcionando plantillas, criterios comunes o guías
de análisis.
Gestión inteligente del plan
estratégico
La automatización de la gestión del plan estratégico facilita el
seguimiento en tiempo real de los indicadores relativos al
cumplimiento de los objetivos y resultados. Permite
automatizar la metodología escogida, optimiza la ejecución de
la estrategia y pe rmite la toma de decisiones basada en datos
en tiempo real. Análisis de datos y visualización de resultados
para seguimiento de planes e indicadores.
Asistencia en la redacción de
resoluciones, informes o guías
técnicas.
Uso de herramientas de IA generativa como apoyo a la
elaboración inicial de borradores de documentos normativos y
doctrinales, facilitando la estructuración de contenidos y
aumentando la eficiencia en la producción documental
relativa a casos específicos.
Sistemas de alertas inteligentes
(priorización de denuncias,
reclamaciones, notificaciones y
otras entradas)
Desarrollo de sistemas de IA o RPA que permitan detectar y
priorizar denuncias, brechas de datos o comunicaciones
sensibles, incluyendo alertas automáticas para casos de alto
impacto, colectivos vulnerables o situaciones que requieran
una atención priorita ria a criterio de la Agencia, permitiendo
así una gestión ágil y focalizada.
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
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Soporte a la tramitación de
expedientes y notificaciones de
brechas de datos
La tramitación de expedientes y/o notificaciones de brechas
de datos personales son procesos manuales asistidos por
varias herramientas corporativas. La IAG permite acelerar
tareas, desde la clasificación inicial de las entradas por
registro, su categoriz ación y extracción de información
estructurada, hasta la elaboración de resúmenes y borradores.
Los casos de uso planteados no agotan el potencial de la aplicación de estas tecnologías en la
organización, que podrá n ampliarse progresivamente y que se incorporarán a la presente política una
vez se identifiquen.
Antes de su implantación, cada caso de uso se desarrollar á y analizar á en un Anexo a esta política
general con los siguientes criterios :
• Descripción extendida.
• División/Subdirección responsable.
• Impacto general estimado sobre los objetivos de la AEPD.
• Tipo de sistema recomendado.
• Riesgos por requisitos o implicaciones.
• Observaciones/obligaciones específicas.
4. ANÁLISIS DE LOS RIESGOS PLANTEADOS POR LA IAG
La implantación de inteligencia artificial generativa en los procesos del ámbito administrativo, en
particular por su novedad, requiere un análisis de los riesgos que deben ser identificados y
gestionados adecuadamente para cada caso de uso (o grupos de ca sos de uso).
Los riesgos se han gestionado en función de cómo pueden comprometer los distintos objetivos de la
AEPD con relación al despliegue de sistema de IAG en los procesos de la AEPD, entre los que está, de
forma prioritaria, la protección de los derechos y libert ades de la ciudadanía . Las amenazas
específicas que implican la inclusión de sistemas IAG en procesos de la .... . ... ..... .. ......
los objetivos se identifican a continuación 6 sin perjuicio de los riesgos particulares que deban
analizarse en cada proceso o tratamiento concreto en el que se apliquen los distintos casos de uso .
6 Se desarrollan en un documento anexo .
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12
Objetivos de la AEPD Grupos de Amenazas
Aumentar la eficacia de los
procesos de la .... . ....é. ..
la innovación
• Ineficacia de los sistemas de IA
• Inseguridad de la infraestructura y falta de continuidad de
procesos
• Interacción humana incorrecta, irresponsable o perjudicial
con la IA
Proteger los derechos
fundamentales
• Ineficacia de los sistemas de IA
• Sesgo y discriminación
• Impactos para los derechos y libertades con relación a la
protección de datos: LIINE4DU
• Inseguridad de la infraestructura y falta de continuidad de
procesos
• Divulgación de información no personal
• Interacción humana incorrecta, irresponsable o perjudicial
con la IA
Proteger la información sensible
o confidencial de la AEPD
• Inseguridad de la infraestructura y falta de continuidad de
procesos
• Divulgación de información no personal
• Interacción humana incorrecta, irresponsable o perjudicial
con la IA
Garantizar la salud y seguridad
en el trabajo
• Impactos para los derechos y libertades con relación a la
protección de datos.
• Interacción humana incorrecta, irresponsable o perjudicial
con la IA
• Impacto en los derechos del personal empleado.
Garantizar la continuidad de
procesos
• Inseguridad de la infraestructura y falta de continuidad de
procesos
• Desgobierno y pérdida de integridad institucional
Controlar los costes operativos y
financieros
• Desgobierno y pérdida de integridad institucional
Fortalecer la confianza de la
ciudadan ía en la AEPD
• Ineficacia de los sistemas de IA
• Sesgo y discriminación
• Impactos para los derechos y libertades con relación a la
protección de datos.
• Inseguridad de la infraestructura y falta de continuidad de
procesos
• Falta de transparencia y explicabilidad de las actuaciones
basadas en IAG
• Falta de coherencia ante situaciones similares o
desviaciones en la aplicación de criterios vigentes.
No todos los procesos de la entidad tienen el mismo nivel de criticidad respecto al cumplimiento de
los objetivos de la AEPD , por lo que se los distintos casos de uso se clasificarán en función del nivel de
riesgo que present en.
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
ADMINISTRATIVOS DE LA AEPD
13
El análisis en detalle de estas amenazas y el impacto que pudieran tener en función del tipo de sistema
IAG que se implemente en los procesos se desarrolla rá en un documento Anexo a esta política general.
5. GOBERNANZA, POLÍTICAS Y GESTIÓN DE LA IAG
Este apartado recoge el conjunto de medidas estructurales que implementa la .... .... .........
los objetivos planteados con la implementación de sistemas de IAG. Está formada:
• Por un modelo de gobernanza interna con relación a la IAG.
• Por el conjunto de políticas que determinan las medidas marco que guiarán la
implementación de los casos de uso y que se adaptarán a la criticidad de los procesos y el
impacto que pueda suponer la materialización de una amenaza.
• Por el conjunto de procedimientos básicos para implementar dichas políticas, sin perjuicio
de extenderlos en función de las necesidades detectadas.
A) Gobernanza interna
Se establece un modelo de gobernanza de la implementación en los procesos de la .... .. ........
IAG que manejan datos personales o no personales 7. Tiene como propósito alcanzar todos los
objetivos planteados por la .... (... ........ ..).
La estructura de la gobernanza de la IA incluye la participación de todos los niveles de la organización,
para conciliar prioridades, agilizar la resolución de conflictos, e involucra a actores externos y
fomentar colaboraciones interinstitucionales promov iendo buenas prácticas, herramientas comunes
y lecciones aprendidas.
En la AEPD, se establecen los siguientes roles:
• Responsable de la Organización , la autoridad que decide usar o desarrollar uno o varios
sistemas IAG dentro de los casos de uso de la AEPD. En el caso de la .... ............ ...
el Presidente.
• Responsables funcionales de los casos de uso , encargados de definir objetivos, requisitos
y supervisar la eficacia. En el caso de la .... ... ............. ........., ... .......... ..
División, el responsable del Gabinete de Prensa y Comunicación y el responsable del Servicio
Jurídico.
7 La .... .. ........ .......... ................ ..... ............ .. ..... ... .. ... .. .. ..........., ....
sí está obligada, como cualquier otra organización, a implementar una política de información que cumpla con toda
la normativa y con sus objetiv os de eficacia y eficiencia.
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
ADMINISTRATIVOS DE LA AEPD
14
• Responsables técnicos , encargados de la implementación, mantenimiento y seguridad de
los sistemas. En el caso de la AEPD, la Secretaría General.
• Delegado de Protección de Datos , que velará por el cumplimiento del RGPD y la aplicación
de la responsabilidad proactiva.
• Responsables de seguridad de la información , encargados de garantizar la
confidencialidad, integridad y disponibilidad de los sistemas. En el caso de la AEPD, el
Subdirector General Adjunto de Promoción y Autorizaciones.
• Responsable IA , que coordinará el despliegue estratégico, la supervisión, la interlocución
transversal entre unidades y el seguimiento de buenas prácticas. En el caso de la AEPD, la
División de Innovación Tecnológica, representada por su Director.
B) POLÍTICAS
La presente política general, en la inclusión de sistemas de IAG en los casos de uso se seguirán las
siguientes políticas para su diseño, implementación, explotación y mantenimiento:
POLÍTICA DE SELECCIÓN DEL TIPO DE SOLUCIÓN IAG
Los sistemas de IAG podrían formar parte de los procesos de la organización con distintos grados de
integración:
• Inclusión o modificación de una fase del proceso mediante IAG, sin que exista una
integración en los sistemas de información de la organización, como puede ser el caso de la
etapa de corrección de textos cuando se utilice mediante un servicio accesible a t ravés de un
navegador.
• Funciones integradas en herramientas ofimáticas o en herramientas de workflow que
supongan la interacción con sistemas de IAG y posibles conexiones con herramientas
externas cuando el usuario tiene pleno control de la información con la que interactúa la IAG.
Por ejemplo, cuando un usuario tiene abierto un documento concreto y util iza la IAG sobre
ese documento para traducción, resumen u otros.
• Integración plena en el entorno ofimático corporativo, donde el sistema IAG es un elemento
inseparable que interviene en todo el flujo de trabajo administrativo incluyendo todo tipo de
herramienta del entorno y medios de almacenamiento, lo que implica posi ble acceso del
sistema IAG a toda la información procesada en el entorno ofimático de la organización y
conectividad con utilidades externas a través de Internet.
• Integración en la infraestructura TIC de la organización, a nivel de sistema operativo y
comunicaciones.
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
ADMINISTRATIVOS DE LA AEPD
15
A su vez, los sistemas de IAG permiten tres enfoques básicos para su implementación:
Enfoques Fortalezas Debilidades
Sistemas IAG de terceros
desplegados en
infraestructura fuera del
control de la organización,
utilizados como SaaS bajo sus
términos de uso (Sistema
Externo):
Están gestionados y
mantenidos por proveedores
externos y están accesibles a
través de plataformas en línea.
A su vez, pueden estar
integrados en sistemas más
amplios. Pueden ser utilizados
para implementar una fase en el
procedimiento (acceso a través
de navegadores a servicios
como ChatGPT, Perplexity,
Mistral, ALIA , etc .), o integrados
en el entorno ofimático como
Microsoft 365 Copilot.
• Ineficacia de los sistemas
de IA
• Facilidad de uso
• Gran potencia
• Interfaz vía web o API
• Menor mantenimiento
• Mayor evolución
tecnológica
• Revelación de información
personal, de los usuarios
finales y ciudadanos,
sensible y confidencial a
terceros.
• Posibilidad de perfilado de
usuarios
• Falta de control sobre los
flujos de datos.
• Falta de control sobre las
versiones.
• A largo plazo, falta de
control de los costes
financieros.
• Difícil automatización de las
políticas de uso por el
personal de cada sistema
IAG.
• Posibilidad de alucinaciones
y correlaciones irrelevantes.
• Sin control de repetibilidad
• Sin control sobre sesgos.
• Posible carencia de
trazabilidad en los flujos de
datos
• Sin posibilidad de auditar
• Exposición a ataques a
través de Internet:
potenciales
vulnerabilidades en
interfaces, APIs y otros.
• Cambios unilaterales en ToS
y discontinuidad de
producto.
• Explicabilidad muy limitada.
Sistemas IAG desarrollados
por terceros y desplegados en
infraestructura bajo control
de la organización (Sistema
interno):
• Ineficacia de los sistemas
de IA
• Auditable
• Posibilidad de trazabilidad
de flujos de datos.
• Protección desde el diseño
de los flujos información
• Requieren mayor inversión
inicial.
• Requieren mayor
capacitación del personal
• Requieren mayor
mantenimiento.
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
ADMINISTRATIVOS DE LA AEPD
16
El modelo se implementa en la
infraestructura propia o en una
nube privada. Generalmente,
aunque no limitado, utilizando
modelos de pesos abiertos
como Llama, Qwen, Gemma o
Mistral. También soluciones
bajo licencia comercial que se
puedan desplegar
íntegra mente en
infraestructura propia de la
organización, incluyendo los
modelos.
personal, de los usuarios
finales y ciudadanos,
sensible y confidencial.
• Control sobre el entorno
de ejecución.
• Integración con sistemas
internos.
• Permiten un mayor diseño
de interfaces a medida.
• Control de costes
financieros.
• Permite desarrollar
pruebas de explicabilidad
controladas
• Posibilidad de alucinaciones
y correlaciones irrelevantes.
• Evolución tecnológica
dependiente de recursos.
• Poco control sobre sesgos.
Sistemas IAG desarrollados
internamente o por terceros
bajo especificaciones a
medida y desplegados en
infraestructura bajo control
de la organización e
integrado con sistemas
internos (Sistema Ad -hoc):
Ofrecen el máximo nivel de
personalización y control.
Incluyen modelos de código
abierto sobre los que se realiza
un proceso de fine -tuning
adaptado a necesidades
específicas.
Además de las ventajas del
anterior:
• Máximo nivel de
adecuación a los casos de
uso concretos.
• Mejor eliminación de
alucinaciones.
• Con conocimiento
específico integrado.
• Control sobre sesgos.
• Mayor explicabilidad.
• Requieren mayor inversión
inicial.
• Requieren mayor
mantenimiento.
• Implican un proceso de
postdesarrollo con recursos
propios y/o contrataciones
externas.
• Evolución tecnológica
dependiente de recursos.
Cada uno de estos de estos enfoques de implementación , en combinación con los diversos niveles de
integración , implica diversas ventajas e inconvenientes, plantea distintos riesgos para el
cumplimiento de los objetivos de la presente política general y permite implementar con distinta
eficacia las políticas que se despliegan a continuación.
Como se establece en el procedimiento para incorporar casos de uso, se deberá seleccionar el
enfoque y nivel de integración más adecuado para la incorporación de sistemas IAG en cada caso de
uso en función de la evaluación del riesgo para el cumplimiento d e los objetivos de esta política
general.
POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE INFORMACIÓN PERSONAL Y SENSIBLE O CONFIDENCIAL
Cada caso de uso tendrá un grado distinto de acceso a información personal y sensible o confidencial,
existiendo casos en los que dicho acceso será nulo. Esta circunstancia deberá ser cuidadosamente
evaluada durante el procedimiento para incorporar cada ca so de uso. En dicha evaluación ha de
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analizarse, en particular, si se han establecido medidas que evitan el tratamiento de información
personal del propio usuario del sistema IAG.
• Los casos de uso que impliquen el proceso por parte de un sistema IAG 8 de información
personal, sensible o confidencial se implementarán, en aplicación del principio de
precaución :
○ Preferentemente en sistemas IAG internos o ad -hoc .
○ En caso de que la aproximación anterior impida la consecución de otros objetivos de la
presente política general, se podrán implementar en sistemas IAG externos que
proporcionen evidencias de cumplimiento de la presente política general, más allá de
meras manifestaciones o compromisos contractuales.
POLÍTICA DE DISEÑO DE LOS CASOS DE USO
• Los casos de uso que precisen tratar información personal identificable y datos sensibles o
confidenciales con los sistemas IAG, se implementaran en sistemas IAG que permitan que la
organización mantenga el control operativo y la supervisión directa sobre las medidas de
confidencialidad y las garantías de limitación de la finalidad
• En el diseño y aplicación de los casos de uso de IAG se analizará y verificará :
○ Que las herramientas empleadas presenten interfaces sencillas y entornos de trabajo
comprensibles, adaptados al nivel técnico del personal usuario, con instrucciones visibles
sobre el modo correcto de solicitar, revisar y reutilizar los resultados generado s.
○ Que exista información o documentación clara y suficiente sobre el funcionamiento
general del modelo, incluyendo información sobre el tipo y procedencia aproximada de los
datos empleados en su entrenamiento, las limitaciones conocidas y los posibles sesgos
identificados.
○ Que los contenidos generados (textos, imágenes, resúmenes o informes) sean revisados y
contrastados por personal competente, utilizando fuentes institucionales o verificadas, y
que el procedimiento establezca mecanismos de validación colaborativa cuando lo s
resultados puedan incidir en decisiones o documentos oficiales.
• En los sistemas de IAG desarrollados o gestionados directamente por la .... .. .....á.
incorporar mecanismos de trazabilidad y registro básico de las interacciones, 9 que permitan
identificar los usos realizados, los perfiles de usuario y la finalidad declarada, sin conservar
8 Puede que el caso de uso se implemente, por ejemplo, en un proceso que sea un tratamiento de datos personales,
pero la IAG no se emplee para tratar dichos datos. 9 Las referencias a la trazabilidad y al registro en esta política se emplean exclusivamente en el sentido de control
interno, gestión organizativa y verificación básica del uso responsable de los sistemas. No deben entenderse como
una remisión a los requisi tos de trazabilidad, registro o documentación previstos en el Reglamento de Inteligencia
Artificial para los sistemas de alto riesgo, ni como una evaluación o aplicación de dicho marco normativo.
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innecesariamente el contenido generado. Estos registros facilitarán la supervisión interna y
el cumplimiento de las políticas de uso responsable.
• En el caso de soluciones externas o integradas en plataformas no controladas por la AEPD,
se adoptarán medidas complementarias de control organizativo y técnico, tales como la
limitación del acceso a entornos previamente autorizados, la prohibición expresa de
introducir información personal, confidencial o no publicada, y la incorporación de avisos
visibles o recordatorios sobre el uso permitido. Podrá establecerse asimismo un registro
básico de accesos y finalidades con el fin de garantizar la trazabilidad y asegurar un uso
seguro y conforme a las normas internas.
• Los eventuales cambios sustanciales en el ámbito de un caso de uso, su impacto, las
personas físicas afectadas, el rendimiento del modelo, etc., deberán tratarse como un nuevo
caso de uso.
POLÍTICA DE DISPONIBILIDAD Y RESILIENCIA
• Desarrollo de planes de continuidad y respaldo, que en caso de fallo o indisponibilidad del
sistema IAG aseguren el funcionamiento del proceso en el que se ha implementado el caso
de uso.
• Selección e implementación de sistemas IAG de forma que no generen dependencia de un
solo proveedor.
• En aquellos casos de uso en los que el sistema IAG juegue un papel crítico para la continuidad
de procesos que, a su vez, sean claves para la organización, deben implementarse medidas
que garanticen dicha continuidad. Por ejemplo, asegurarse la posibilidad de tener acceso a
más de un sistema IAG, que haya una posibilidad real y eficaz de migrar entre sistemas IAG y
con interoperabilidad entre la información que sea necesaria para la ejecución de los
procesos.
• Control de la puesta en explotación . de nuevas versiones de sistemas IAG :
○ En sistemas de IAG externos, que esté garantizado por contrato la información sobre
nuevas versiones, en particular el control de optar por la nueva versión, y la información
con evidencias de pruebas de comportamiento del sistemas o nuevos límites y conte xto de
uso .
• En caso de desarrollo de sistemas internos :
○ Aislamiento de entornos de entrenamiento y ejecución para prevenir propagación de fallos
o vulnerabilidades.
○ Entrenamientos en entornos seguros, con control de versiones y validación previa antes
del paso a producción .
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○ Uso de técnicas de fine tuning reversibles (como LoRA o Adapters) que permitan
actualización o retirada de componentes específicos sin afectar al sistema completo
• Supervisión de los sistemas de RAG mediante mecanismos de validación de fuentes, borrado
controlado y protección frente a inyecciones maliciosas En aquellos casos de uso
POLÍTICA DE TRANSPARENCIA CON RELACIÓN AL USO DE IAG
Con relación a la transparencia: 10
• Se documentarán los procedimientos, su ejecución y las decisiones realizadas en el marco
de esta política general, garantizando su trazabilidad y conservación.
• Inclusión obligatoria de los sistemas IAG en el inventario de activos digitales del organismo,
clasificando su criticidad, finalidad y relaciones con otros sistemas, accesible a todo el
personal .
• En los procesos de selección o desarrollo de sistemas IAG se exigirá la incorporación de
mecanismos de control de accesos, registro de uso y trazabilidad, especialmente en
entornos que puedan conectarse con documentación interna o sensible (por ejemplo,
sistemas RAG o plataformas documentales).
• Se establecerá un proceso documentado de gestión de incidentes con relación a la IAG.
• Los interfaces y entornos de trabajo deberán hacer visible al usuario cuando está
interactuando con un sistema IAG, e incluir mensajes o recordatorios sobre las condiciones
de uso y la necesidad de revisión humana de los resultados.
• La .... ........á .. ........... ........ ... ... .. .. ... ........ ........... .. ...
responsable y calidad de resultados, verificando -además - el cumplimiento de las
condiciones contractuales, las garantías de seguridad y la confidencialidad acordadas c on
los proveedores. Este seguimiento se limitará al uso interno en la AEPD, sin incluir la
auditoría de los modelos ni de los datos empleados en su entrenamiento.
POLÍTICA DE EXPLICABILIDAD
En aquellos sistemas IAG empleados directa o indirectamente para soporte a la decisión, para su
selección en un caso de uso se tendrá en cuent a:
• La información que proporcione sobre las fuentes utilizadas.
10 La referencia a la transparencia en esta política se emplea exclusivamente en sentido organizativo interno y no
guarda relación con las obligaciones de transparencia previstas en el artículo 13 del Reglamento de Inteligencia
Artificial para los sistemas de al to riesgo, ni debe entenderse como una interpretación o desarrollo de dicho régimen.
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• La información que proporcione sobre cómo descarta determinadas fuentes o evita
determinadas respuestas.
• La información sobre los pasos de razonamiento utilizada.
• La capacidad del usuario de seleccionar o restringir las fuentes.
• Si existe y se proporciona información sobre la calidad de la respuesta.
• Acceso al, o posibilidad de crear, un “Golden data set” o conjunto de datos de alta calidad
para su uso como referencia para evaluar y validar el funcionamiento del sistema.
• Si se ofrece por el proveedor resultados de la evaluación realizada sobre las métricas de
rendimiento que puedan ser oportunas para el caso de uso específico.
POLÍTICA CON RELACIÓN A LAS DECISIONES AUTOMATIZADAS Y SU SUPERVISIÓN
En el diseño de la implementación de un sistema IAG en un proceso se seguirán las siguientes
políticas:
• En la implementación de sistemas IAG en los procesos de la AEPD, no existirán decisiones
automatizadas basada únicamente en el tratamiento automatizado, incluida la elaboración
de perfiles, que produzca efectos jurídicos en él o le afecte significativament e de modo
similar.
• En la implementación de sistemas IAG en los procesos de la .... .. .......á .. ......... ..
precaución de forma que no quede margen de duda en la aplicación del párrafo anterior.
• Todos los sistemas de soporte a la decisión emplead os en procesos de la .... ...... ......
a derechos fundamentales, garantías procedimentales, tenga efectos jurídicos o puedan
poner en riesgo los objetivos de esta política, se implementarán con las siguientes
salvaguardas:
○ El proceso en el que se incluye el sistema de IAG ha de contemplar la validación y control
humano previo, en cualquier caso 11.
○ Se realizará formación a los usuarios (ver política de recursos humanos y procedimiento de
capacitación continua del personal) para cumplir de forma efectiva la supervisión humana.
○ En el procedimiento de supervisión se incluirá una evaluación de la carga de trabajo para
determinar si es posible la intervención humana de forma efectiva.
11 Las menciones a la supervisión humana en esta política se utilizan en el sentido propio de la gestión de riesgos, del
control organizativo y, en su caso, de lo previsto en el RGPD para decisiones automatizadas. No deben interpretarse
como una referencia a los requisitos de supervisión humana establecidos en el Reglamento de Inteligencia Artificial
para los sistemas de alto riesgo ni como un análisis conforme a dicho Reglamento.
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○ Se aplicarán las recomendaciones de la Nota Técnica sobre supervisión humana del
Supervisor Europeo de Protección de Datos 12.
POLÍTICAS CON RELACIÓN A LA PROTECCIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES Y TRATAMIENTO DE DATOS
PERSONALES
La evaluación y gestión de riesgos para los derechos fundamentales se regirá por la normativa
aplicable en cada caso, incluidos, cuando proceda, los instrumentos previstos en el RGPD y en la
legislación nacional sobre el sector público. Si, en una fase pos terior, un sistema quedara
comprendido en el ámbito del artículo 6, apartado 2, del Reglamento 2024/1689, de inteligencia
artificial correspondería realizar la evaluación de impacto que dicho Reglamento exige, debiendo
acudirse en ese supuesto a las guías, procedimientos o instrumentos específicos previstos en dicho
marco normativo.
Asimismo, cabrá realizar una Evaluación de Impacto para la Protección de Datos cuando:
○ el caso de uso suponga un tratamiento de datos personales que entrañe un alto riesgo para
los derechos y libertades de las personas físicas (en este caso ya existirá una EIPD que se
tendrá que revisar al cambiar parte de la naturaleza del tratamiento).
○ el caso de uso suponga un tratamiento de datos personales al que se incorpore uno o varios
sistemas de alto riesgo según el Reglamento 2024/1689 (RIA).
Más allá de cumplimiento de la normativa de protección de datos, en el diseño e implementación de
un sistema IAG dentro de un proceso se tomarán las siguientes medidas:
• En cuanto a explotación de los sistemas de IAG en cada caso de uso:
○ Se configurará la capacidad de acceso a datos de la organización, y a datos relativos a los
usuarios, por parte de los sistemas IAG aplicando el principio de min imización y de
conservación limitada de datos, tanto de metadatos como de la memoria de usuario , de
acuerdo con las necesidades del caso de uso.
○ Se diseñarán procedimientos o se implementarán herramientas que impidan la inclusión
accidental de datos personales o confidenciales en los prompts o en los ficheros a los que
el sistema IAG pueda acceder.
○ En sistemas IAG tipo RAG que requieran acceso desde servidores externos a datos de la
organización hay que implementar técnicas de anonimización o seudonimización en las
fuentes utilizadas reducir la exposición de información identificable.
• En cuanto al diseño de sistemas de IAG ad -hoc 13:
12 EDPS TechDispatch #2/2025 - Human Oversight of Automated Decision -Making 13 Modelos de código abierto refinados mediante procesos de fine -tuning
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○ Aplicación de medidas que eviten el enriquecimiento no controlado de los conjuntos de
datos (entrenamiento y recuperación), respetando los principios de limitación de finalidad
y min imización.
○ Aplicación de técnicas de anonimización y seudonimización antes del entrenamiento y en
las fuentes utilizadas por sistemas RAG que impliquen la comunicación a sistema IAG
externos.
○ Consideración del uso de técnicas de Privacidad Diferencial en los datos empleados para
evolución o ajuste fino, para reducir la posibilidad de memorización de datos personales
en el modelo.
○ Verificación documentada de que el modelo no incorpora datos personales o, en su caso,
de que el acceso se limita estrictamente al principio de necesidad (need -to -know).
• Establecimiento de mecanismos técnicos y organizativos para proteger derechos y
libertades de los interesados, tanto en el tratamiento como en la exposición de datos
estructurados, anonimizados o documentos internos.
POLÍTICA DE CIBERSEGURIDAD
En la implementación de sistema IAG en los procesos se deberá asegurar:
• Los sistemas de IAG se someterán a categorización ENS y cumplirán los principios y medidas
correspondientes al nivel resultante. Cuando el caso de uso implique información sensible,
datos personales de categorías elevadas o funciones críticas, se adoptarán controles de
‘nivel alto’.
• Además, se seguirán buenas prácticas de ciberseguridad reconocidas, tanto en el sector
público como en el ámbito tecnológico general 14, que sean específicas con relación al uso de
sistemas IAG y de acuerdo con el riesgo para la obtención de los objetivos de esta política
general. En particular, en cumplimiento del artículo 32 del RGPD.
• El Responsable de IA monitorizará las nuevas amenazas y vulnerabilidades del estado del
arte y el contexto de las soluciones IAG y el Responsable Técnico en los sistemas IAG
concretos implementados en la organización. La implementación de sistemas IAG en l os
casos de uso se tendrá que revisar ante la severidad de las nuevas amenazas y
vulnerabilidades detectadas.
• Aplicación de la Política de Información y seguridad de la AEPD.
• El uso de los sistemas de IAG se ajustará a las políticas corporativas de control de accesos y
registro de actividad de la AEPD. En cada caso de uso se evaluará y documentará el esquema
de identidades digitales que corresponda, determinando con qué perfil se accede —por
14 Si la solución de IA que se implementa es la de Microsoft -Azure, además, se seguirá la Guía de Seguridad de las TIC
CCN -STIC 884D.
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
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23
ejemplo, identificación personal del empleado, cuentas genéricas de una unidad,
identidades técnicas o de servicio, accesos temporales vinculados a proyectos u otras
modalidades autorizadas que resulten adecuadas para el caso de uso o para las necesidades
operativas de la organización —. La opción seleccionada deberá ser coherente con las
funciones asignadas y con las necesidades específicas del caso de uso.
• Inclusión de las particularidades de los sistemas IAG en el proceso de gestión de incidentes
con relación a, por ejemplo, identificación de sesgos, problemas de rendimiento o de
disponibilidad.
• Aislamiento de entornos críticos. Los sistemas que operen con información clasificada o de
alto impacto para el cumplimiento de los objetivos de esta política general deberán estar
aislados de forma lógica o física del resto de redes, especialmente de inte rnet.
POLÍTICA DE CONTRATACIÓN
En la contratación de soluciones IAG, especialmente cuando se trate de servicios externos o en la
nube, se evaluarán de forma previa y documentada, al menos, los siguientes aspectos:
• El tratamiento de metadatos / cookies: qué datos técnicos y de uso se recolectan (logs,
identificadores, telemetría, firma de dispositivo, etc.).
• Declaraciones explícitas de si el proveedor declara, no declara, o a qué nivel usa el contenido
de las conversaciones/archivos para mejorar servicios/modelos y en qué condiciones.
• Existencia y alcance de mecanismos para excluir el contenido del usuario del entrenamiento
(controles de cuenta).
• Posibilidad de configuración por el administrador de la cancelación de peticiones de
opiniones o de grado de satisfacción a los usuarios finales (feedback).
• Posibilidad de configuración y control por el administrador de revisiones manuales
realizadas por el proveedor de conversaciones o archivos y bajo qué garantías.
• La ubicación de datos: dónde pueden almacenarse/procesarse (EE. UU./UE/otras regiones)
• El cumplimiento RGPD.
• El tiempo de retención de datos: plazos o criterios para conservar chats y contenido del
usuario.
• El control e información que se proporciona sobre el despliegue de nuevas versiones y sus
características.
• La estabilidad del contrato y los términos de servicio. Evaluación de la estabilidad y
previsibilidad de los términos del servicio, incluyendo cláusulas de continuidad,
confidencialidad y seguridad.
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
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• Si en una fase posterior se apreciara que la solución a contratar pudiera quedar dentro del
ámbito de aplicación del RIA, corresponderá aplicar el régimen jurídico que dicho
Reglamento establezca.
POLÍTICA DE RECURSOS HUMANOS CON RELACIÓN A LA IAG
• Será requisito imprescindible que cualquier persona usuaria de estas tecnologías reciba
formación básica específica, y continua, sobre su correcto uso, sus limitaciones, buenas
prácticas y riesgos asociados teniendo en cuenta, entre otros, el contexto de los casos de uso
y de las pers onas o los colectivos de personas previsiblemente afectadas.
• Se incluirá en el plan anual de formación de la AEPD, y previa consulta al Responsable de IA,
la ejecución de tres tipos de capacitación continua del personal con los siguientes aspectos:
○ Sobre la presente política general.
○ Sobre cada uno de los sistemas AIG que sean necesarios para realizar sus funciones. En
particular, sobre prompt engineering , interpretación de salidas, identificación de sesgos y
errores, y gestión de incidentes, entre otros.
○ Capacitación técnica formación tecnológica para equipos TIC en diseño, mantenimiento y
control de sistemas automatizados e inteligentes sobre los sistemas de inteligencia
artificial y que permita identificar oportunidades y riesgos.
• Se dispondrán de forma online guías de uso y material de formación para el personal ,
incluyendo la presente política general.
• Se establece un canal para comunicación bidireccional con el personal por parte de Recursos
Humanos, más allá de la gestión de incidentes, para informar de cambios en la funcionalidad
o nuevos riesgos, evitar incertidumbre o malentendidos entre el personal, además de para
recoger sus sugerencias sobre nuevas oportunidades y posibles casos de uso.
• En el plan de supervisión incluirá el análisis de si la introducción IAG se acompaña de una
sobrecarga de trabajo, sustitución de tareas sin planificación o pérdida de funciones sin
reubicación.
POLÍTICA DE USO PARA EL PERSONAL
• La utilización de sistemas IAG para la ejecución del trabajo sigue las mismas restricciones
que se aplican para cualquier sistema o dispositivo personal con relación a la Política de
Seguridad de la AEPD.
• La utilización de sistema IAG estará restringida a las personas que hayan recibido la
formación adecuada, en particular, sobre estas políticas.
• No utilizar un sistema IAG que no se haya registrado en el inventario de sistemas IAG.
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
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25
• Los sistemas IAG deben ser usados únicamente para los propósitos establecidos en cada
caso de uso, y dentro de los límites de las capacidades indicados en la documentación.
• En la distribución interna de material generado con IAG, se comunicará el uso de IAG y en qué
grado el contenido está completamente generado por IAG.
• Todo contenido generado por IAG será revisado por la persona usuari a. Si está dirigido a
superior jerárquico o destinado a publicarse tendrá que pasar una revisión interna por pares.
• Los resultados generados por sistemas IAG deberán ser contrastados con fuentes fiables,
documentación interna o validación colaborativa, especialmente cuando afecten a procesos
críticos o decisiones relevantes para la ciudadan ía o entidades.
• Se min imizará a los estrictamente necesarios el uso en sistemas IAG externos el uso de
información sensible no personal, como referencias institucionales, nombres vinculados a
incidentes graves o documentos internos, aunque no contengan datos personales, q ue
puedan dañar la imagen corporativa o la estrategia institucional propia o de terceros.
• En el uso de los sistemas IAG se aplicarán las políticas corporativas de control de accesos y
registro de actividad de la AEPD, ajustando su configuración al caso de uso correspondiente
y lo señalado en el apartado de Política de seguridad.
• Casos de uso de especial sensibilidad o complejidad pueden precisar de políticas o términos
de uso específicos que extiendan lo establecido en este documento, que deberán ser
respetadas por los usuarios.
POLÍTICA DE SUPERVISIÓN DE ESTA POLÍTICA
• Se establece un procedimiento de supervisión de cumplimiento de esta política general.
• Se establece una supervisión periódica de todos los casos de uso.
• Se establece un procedimiento de gestión de incidentes de IAG integrado en el sistema de
gestión de incidentes de la AEPD.
C) PROCEDIMIENTOS
PROCEDIMIENTO DE REDACCIÓN APROBACIÓN Y REVISIÓN DE ESTA POLÍTICA GENERAL
• Esta política general será elaborada y mantenida por el Responsable IA siguiendo las
directrices del Responsable de la Organización.
• Se someterán a revisión previa del DPD, los Responsables funcionales, técnicos y de
seguridad de la información.
• Se someterán a la aprobación del Responsable de la Organización.
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
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• El Responsable IA iniciará un ciclo de revisión de las políticas cuando:
○ Lo establezca el Responsable de la Organización.
○ Se produzcan incidentes que comprometan el cumplimiento de los objetivos de estas
políticas.
○ Se identifiquen nuevos casos de uso.
PROCEDIMIENTO PARA INCORPORAR UN CASO DE USO
Los procedimientos descritos a continuación se aplicarán con un enfoque proporcional y flexible, en
función de la naturaleza y complejidad del caso de uso. Podrán utilizarse plantillas o mecanismos
simplificados, y elaborarse documentación común para vario s casos de uso de características
similares, siempre que se garantice la trazabilidad de las decisiones, la identificación de los
responsables y la coherencia con esta política general.
• Identificación de necesidades por el Responsable Funcional en el marco de los procesos de
la AEPD.
• Primera evaluación y, en su caso, diseño por el Responsable de IA, que incluirá:
○ Un análisis de riesgo con relación a las amenazas identificadas en esta política y las propias
del proceso en el que se incluya el caso de uso.
○ Realización de las oportunas Pruebas de Concepto.
○ Una recomendación sobre si incluir IAG, y en su caso, el tipo de entorno a elegir.
○ Un diseño del proceso del caso de uso que contemple la implementación de las políticas
anteriormente señalada.
• Revisión de la evaluación por el DPD (si procede), Responsable Técnico, de seguridad y
Gabinete Jurídico (si procede) para determinar el cumplimiento normativo (tanto de
protección de datos como de cualquier otra normativa aplicable).
• El Responsable Funcional elaborará un documento con los requisitos de diseño del caso de
uso que elevará al Responsable de la Organización, que incluya entre otros:
○ Documentación de cumplimiento normativo (tanto de protección de datos como de
cualquier otra normativa aplicable).
○ Aplicación de la política general.
○ Identificación de las necesidades de transparencia, explicabilidad, medidas con relación a
decisiones automatizadas, formación y supervisión.
○ Criterios de validación y control de versiones.
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• Aprobación por el Responsable de la Organización.
PROCEDIMIENTO DE DISEÑO Y DESPLIEGUE DE UN CASO DE USO
• El Responsable Técnico elaborará, a partir de los requisitos de diseño:
○ Elaboración de un plan de diseño del caso de uso.
○ Elaboración de un plan de despliegue, mantenimiento y retirada/sustitución.
○ Elaboración de un plan de verificación y validación.
○ Elaboración de un plan de contingencia.
○ Elaboración de guías, materiales, políticas y plan de formación específico (si aplicable).
• El Responsable Técnico lo elevará a la aprobación del Responsable de la Organización, que
realizará las consultas que considere adecuadas para comprobar el cumplimiento de dicha
política general.
• Una vez aprobado, el Responsable Técnico realizará la implantación y despliegue del
sistema.
• El Responsable Técnico realizará y documentará el plan de verificación y validación, cuyos
resultados contrastará con el Responsable de IA y, si resulta satisfactorio, elevará al
Responsable de la Organización la decisión de poner el sistema en explotación .
• El Responsable Técnico registrará el sistema IAG en el inventario.
PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE INCIDENTES
• Todo ......... .. .........á ... ...... .. ....... .. ........... .é......
• En la comunicación del ......... .. .. .. ..ñ....:
○ Ineficacia de los sistemas de IA
○ Inseguridad de la infraestructura y falta de continuidad de procesos
○ Interacción humana incorrecta, irresponsable o perjudicial con la IA
○ Sesgo y discriminación
○ Impactos para los derechos y libertades con relación a la protección de datos.
○ Divulgación de información no personal
○ Desgobierno y pérdida de integridad institucional
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○ Falta de transparencia y explicabilidad de las actuaciones basadas en IAG
○ Impacto en los derechos de l personal
○ Falta de coherencia ante situaciones similares o desviaciones en la aplicación de criterios
vigentes.
• El Responsable Técnico comunicará el ......... .. ........... .. .. ... .. ..........á ..
leve o grave.
○ En caso de incidentes leves, el Responsable de IA emitirá las recomendaciones oportunas
a los Responsable que considere oportuno.
○ En caso de incidentes graves, el Responsable de IA:
▪ Lo comunicará de forma inmediata al Responsable de la Organización y, en su
caso, al DPD.
▪ Propondrá al Responsable de la Organización las acciones que sean
necesarias.
▪ El Responsable de la Organización, en caso de que el ......... ...... . ..
sistema de alto riesgo según el RIA, ejecutará las obligaciones que impone el
art.73 del RIA.
▪ Iniciará un proceso de supervisión.
PROCEDIMIENTOS DE SUPERVISIÓN DE ESTA POLÍTICA
• El proceso de supervisión se iniciará por decisión del Responsable de la Organización, y por
indicación o consulta a los demás responsables.
• El proceso de supervisión se sugerirá por el Responsable de IA:
○ Anualmente
○ Existencia de un ......... ......
○ Monitorización de las nuevas amenazas y vulnerabilidades del estado del arte y el contexto
de las soluciones IAG 15.
○ Alerta de las herramientas automáticas de monitorización.
15 Ataques conocidos en otras organizaciones, vulnerabilidad publicitada, cambios normativo s de servicios
dependientes de otros países, cambios contractuales, cambios en contextos políticos, económicos, o sociales
relevantes.
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
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• El procedimiento de supervisión seguirá un enfoque de riesgos, priorizando los casos de uso
de mayor impacto o en los que haya sucedido un ......... ......
• El procedimiento de supervisión se ejecutará mediante una auditoría interna o externa en
función de la urgencia y disponibilidad de medios.
• Las acciones de supervisión comprobaran la aplicación de la presente política general, en
particular:
○ Identificación de los incidentes y posible solución.
○ Revisión de cumplimiento normativo
○ Cumplimiento de los principios establecidos en las políticas, en particular con relación a la
supervisión humana y usos permitidos.
○ Problemas identificados en la consecución de los objetivos de la .... . ....é. .. ...
métricas establecidas y posible solución.
○ Evaluación del Retorno de la Inversión (ROI) 16, en particular sobrecostes inesperados,
impacto financiero interno por mantenimiento, licencias o escalabilidad mal
dimensionada.
○ Evaluación periódica de vulnerabilidades. En función de la criticidad del sistema, se
realizarán comprobaciones de la robustez del sistema IAG ante amenazas según el estado
del arte ( por ejemplo, ataques de prompting ).
• El resultado del proceso de supervisión se documentará, incluyendo, si procede,
recomendaciones sobre la adaptación del sistema IAG o de los procedimientos del proceso
en el que se implementa el caso de uso, su sustitución o eliminación del sistema IAG.
• Se elevará a la decisión del Responsable de la Organización.
6. CONCLUSIONES
El presente documento establece una política general para la implementación, gobernanza y uso
responsable de sistemas de inteligencia artificial generativa en el ámbito interno de la AEPD. Su
finalidad es reforzar la capacidad tecnológica y organizativa de la Agencia, asegurando una
transformación digital segura, ética y plenamente conforme con el marco normativo vigente. Como
se ha señalado, esta política no es ningún instrumento de cumplimiento ni de desarrollo del
Reglamento de Inteligencia Artificial . A simismo y como se ha expuesto, no incorpora en ningún caso
la clasificación de sistemas conforme a dicho Reglamento, incluidos los supuestos de alto riesgo. En
conjunto, esta política busca situar a la .... .... ... .........ó. ....... .. .. ... ...........,
16 Entendida en términos de mejora del servicio a l a ciudadan ía antes que en términos monetarios .
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legal y transparente de la inteligencia artificial y la automatización en la Administración Pública. La
implantación progresiva de los sistemas, bajo una gobernanza sólida y con supervisión humana,
permitirá a la Agencia mejorar su eficiencia y capacidad t écnica sin renunciar a sus principios
fundacionales: la defensa de los derechos, la protección de la privacidad y la ejemplaridad
institucional.
Este documento proporciona, por tanto, una hoja de ruta realista, equilibrada y rigurosa para abordar
la transformación tecnológica de forma segura, controlada y alineada con el interés público. Su
implementación debe ir acompañada de un proceso continuo d e evaluación, adaptación y mejora,
que permita responder a los avances tecnológicos, los cambios normativos y las expectativas
sociales, consolidando así una inteligencia institucional madura, ética y sostenible.
7. REFERENCIAS
• Agencia Española de Protección de Datos (2020) Adecuación al RGPD de tratamientos que
incorporan IA
• Agencia Española de Protección de Datos (2020) Blog: Gobernanza y política de protección
de datos
• Agencia Española de Protección de Datos (2021) Gestión del riesgo y evaluación de impacto
en tratamientos de datos personales
• Agencia Española de Protección de Datos (2021) Requisitos para Auditorias que incluyan IA
• Agencia Española de Protección de Datos (2023) Aproximación a los espacios de datos desde
la perspectiva del RGPD
• Agencia Española de Protección de Datos y Supervisor Europeo de Protección de Datos
(2022) 10 malentendidos sobre el aprendizaje automático
• Asociación Española para el estudio, promoción y desarrollo del Marco de Competencias
Profesionales en Contratación Pública (2024) Guía práctica para el uso de IA generativa por
empleados públicos
• Comisión Europea (2019) Ethics guidelines for trustworthy AI
• Comisión Europea (2024) A strategic vision to foster the development and use of lawful, safe
and trustworthy Artificial Intelligence systems in the European Commission
• Comisión Europea (2024) Guidelines for staff on the use of online available generative
artificial intelligence tools
• Comité Europeo de Protección de Datos (2024) Opinion 28/2024 on certain data protection
aspects related to the .......... .. ........ .... .. ... ....... .. .. ......
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
ADMINISTRATIVOS DE LA AEPD
31
• Commission Nationale de l'Informatique et des Libertés (2025) AI and GDPR: the ....
publishes new recommendations to support responsible innovation
• Commission Nationale de l'Informatique et des Libertés (2025) IA: Garantir la sécurité du
développement d’un système d’IA
• European Medicines Agency (2024) Harnessing AI in medicines regulation: use of large
language models (LLMs)
• Information Commissioner Office of UK () AI and data protection risk toolkit
• Information Commissioner Office of UK (2025) Internal AI Use Policy
• Office of the ....... ............ ... ........ .... .. .... -.... (....) .......... ... ...
use of generative AI by employees
• Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico () Recomendación sobre la
inteligencia artificial
• Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico y Organización de las Naciones
Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (2024) G7 toolkit for artificial intelligence in
the public sector
• Prof. Dr. Johan Wolswinkel - Council of Europe (2022) Artificial intelligence and
administrative law
• REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de
2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de
datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva
95/46/CE (RGPD)
• Supervisor Europeo de Protección de Datos (2023) TechSonar - Large language models (LLM)
VERSIÓN: 2 7 DE NOVIEMBRE DE 2025
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
ADMINISTRATIVOS DE LA AEPD
2
Índice
1. INTRODUCCIÓN 4
2. OBJETIVOS DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA IAG EN LOS PROCESOS DE LA AEPD 5
3. CASOS DE USO EN EL ÁMBITO ADMINISTRATIVO DE LA AEPD 5
4. ANÁLISIS DE LOS RIESGOS PLANTEADOS POR LA IAG 11
5. GOBERNANZA, POLÍTICAS Y GESTIÓN DE LA IAG 13
A) Gobernanza interna 13
B) POLÍTICAS 14
POLÍTICA DE SELECCIÓN DEL TIPO DE SOLUCIÓN IAG 14
POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE INFORMACIÓN PERSONAL Y SENSIBLE O CONFIDENCIAL 16
POLÍTICA DE DISEÑO DE LOS CASOS DE USO 17
POLÍTICA DE DISPONIBILIDAD Y RESILIENCIA 18
POLÍTICA DE TRANSPARENCIA CON RELACIÓN AL USO DE IAG 19
POLÍTICA DE EXPLICABILIDAD 19
POLÍTICA CON RELACIÓN A LAS DECISIONES AUTOMATIZADAS Y SU SUPERVISIÓN 20
POLÍTICAS CON RELACIÓN A LA PROTECCIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES 21
POLÍTICA DE CIBERSEGURIDAD 22
POLÍTICA DE CONTRATACIÓN 23
POLÍTICA DE RECURSOS HUMANOS CON RELACIÓN A LA IAG 24
POLÍTICA DE USO PARA EL PERSONAL 24
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
ADMINISTRATIVOS DE LA AEPD
3
POLÍTICA DE SUPERVISIÓN DE ESTA POLÍTICA 25
C) PROCEDIMIENTOS 25
PROCEDIMIENTO DE REDACCIÓN APROBACIÓN Y REVISIÓN DE ESTA POLÍTICA GENERAL 25
PROCEDIMIENTO PARA INCORPORAR UN CASO DE USO 26
PROCEDIMIENTO DE DISEÑO Y DESPLIEGUE DE UN CASO DE USO 27
PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE INCIDENTES 27
PROCEDIMIENTOS DE SUPERVISIÓN DE ESTA POLÍTICA 28
6. CONCLUSIONES 29
7. REFERENCIAS 30
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
ADMINISTRATIVOS DE LA AEPD
4
1. INTRODUCCIÓN
El Plan Estratégico 2025 -2030 de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) apuesta por una
política de IA first , promoviendo el uso seguro y responsable de la inteligencia artificial en todos los
ámbitos en que resulte posible. La Agencia comparte la convicción de que la incorporación de la IA —
y, en particular, de la inteligencia artificial generativa (en adelante IAG) — debe integrarse como un
proceso normal en el funcionamiento de las administraciones públicas, al igual que en otros sectores
de la sociedad. El objetivo es alcanzar la máxima eficiencia y calidad en el ejercicio de las funciones
públicas, ap rovechando las capacidades que ofrece para mejorar los procesos y servicios, en
cumplimiento del principio constitucional de eficacia y de los mandatos constitucionales y legales de
eficiencia y mejora continua que orientan la actuación administrativa.
La .... ...... . ........... .. .. ......... ............. .. .. ... .. ........ ............ .........
a la administración pública, demostrando que la innovación tecnológica puede convivir con el
cumplimiento normativo, la protección de los derechos funda mentales y la promoción de una cultura
organizativa moderna, abierta al cambio y preparada para los retos del futuro digital.
El presente documento, en esta su primera versión, establece las bases para una política institucional
de implementación y uso responsable de servicios de Inteligencia Artificial Generativa en los procesos
administrativos de la .... –.... ........ ... ........., . .., ..... .......... (............) –,
orientando su despliegue progresivo y eficaz. Esta política se aprueba en ejercicio de las facultades
de autoorganización y en el marco de la independencia de la AEPD, y forma parte de la Política de
Informac ión de la Agencia 1.
La política general descrita en este documento promueve, en el ámbito interno de la Agencia, la
transparencia, la seguridad y la confianza en la implementación de la inteligencia artificial por la
AEPD, con las garantías adecuadas en los tratamientos de da tos personales, no personales o la
combinación de ambos, y con un enfoque integral y conforme a derecho en el uso de la IA. Se trata de
una política interna, aplicable exclusivamente a la AEPD, que no tiene carácter interpretativo respecto
del Reglamento d e Inteligencia Artificial 2 ni de otras normas europeas o nacionales. Esta política no
acredita, no presupone ni desarrolla obligaciones derivadas del Reglamento de Inteligencia Artificial,
y queda expresamente fuera de cualquier función de análisis, aplicación o interpretación de d icho
Reglamento, incluido lo relativo a la identificación de sistemas prohibidos o de alto riesgo 3 y a las
obligaciones vinculadas a ellos. El alcance de esta Política se circunscribe, por tanto, al uso de IAG en
los procesos administrativos de la AEPD, sin que pueda considerarse en ningún caso una verificación,
evaluación, certificación o forma indire cta de aplicación del Reglamento de Inteligencia Artificial .
1 La asignación de responsabilidades no ha de confundirse con la figura del responsable tal como se define en el
RGPD. 2 El Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de junio de 2024 por el que se establecen
normas armonizadas en materia de inteligencia artificial, en la medida que sea aplicable a los sistemas de IA
desplegados y a los modelos de uso general utilizados. 3 Las referencias a “alto riesgo” o similares que pudieran aparecer en esta Política responden al uso habitual de esa
expresión en ámbitos de protección de datos, gestión de riesgos o análisis organizativo. No implican en ningún caso
guardan relación con la categoría de sistemas de alto riesgo definida por el Reglamento de Inteligencia Artificial
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
ADMINISTRATIVOS DE LA AEPD
5
2. OBJETIVOS DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA IAG EN LOS PROCESOS DE LA AEPD
Los objetivos de la .... ... ......ó. .. .......... .. ....... .. ... .. ... ........ .. .. ...., ...:
• Aumentar la eficacia, eficiencia y calidad de los procesos de la .... . ....é. .. ..
innovación: Aumento que no ha de ser puntual, sino que debe ser sostenido y paralelo al
despliegue de nuevas tecnologías de IAG.
• Proteger los derechos fundamentales : Protección de los derechos y libertades tanto del
personal de la Agencia como de la ciudadanía en general, en particular con relación a la
protección de datos personales y , más allá del estricto cumplimiento normativo, con base
en el principio de responsabilidad proactiva.
• Proteger la información sensible o confidencial de la AEPD: A estos efectos, se entenderá
como información sensible o confidencial a cualquier dato que, si se divulga o accede sin
autorización, puede suponer un riesgo o perjuicio para personas físicas y jurídicas, o para los
objetivos de la organización.
• Garantizar la salud y seguridad en el trabajo: El despliegue de sistemas IAG puede
realizarse implementando medidas que directamente benefician y protegen a la persona
trabajador a, evitando riesgos de cosificación, incertidumbre ante nuevos escenarios u otros
riesgos cognitivos.
• Garantizar la continuidad de procesos : Asegurando que la redefinición tecnológica de
procesos mantiene su disponibilidad y resiliencia.
• Controlar los costes operativos y financieros: La IAG supone una inversión en la
organización y las soluciones que se desplieguen tienen que contemplar que no solo es una
cuestión de ahorro sino de eficiencia estratégica, de forma que los factores económicos para
que sean escalables y mantenibles.
• Fortalecer la confianza de la ciudadanía en la AEPD : Garantizando la coherencia en la
aplicación de criterios y respuesta a la ciudadanía, y acompañando el aumento de eficacia
con una mayor transparencia, explicabilidad y trazabilidad en las acciones realizadas.
3. CASOS DE USO EN EL ÁMBITO ADMINISTRATIVO DE LA AEPD
En el marco de esta política, se identifican escenarios donde los sistemas IAG aportan valor y eficiencia
a los procesos administrativos desarrollados por la AEPD. Cada escenario se denomina “caso de uso”
y supone implementar en un proceso de la .... ... . .á. ........ .. ...
Existirán procesos que no traten datos personales, y otros que sí traten datos personales
(tratamientos de datos según el RGPD). De cualquier modo, cada caso de uso requiere analizar el
impacto que tiene el o los sistemas de IAG en todo el proceso, lo que incluye la interacción con otros
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
ADMINISTRATIVOS DE LA AEPD
6
sistemas que no están basados en IAG 4IA, los recursos humanos y material, y los procedimientos
organizativos de dichos procesos.
Los casos de uso identificados muestran las principales aplicaciones de la IAG en los procesos internos
de la AEPD, comunes en las administraciones públicas. Abarcan desde tareas de apoyo a la
comunicación institucional, la redacción de documentos, la auto matización ofimática o la
elaboración de materiales formativos, hasta la generación de informes, resúmenes o traducciones de
documentos de acceso público. También se contemplan aplicaciones orientadas a la mejora de la
gestión interna, como asistentes norm ativos, herramientas de apoyo a la tramitación de
procedimientos o sistemas inteligentes de seguimiento del plan estratégico. Casos de uso 5 similares
pueden presentar un riesgo o impacto significativamente menor cuando no incorporan información
con datos personales, información sensible o confidencial.
La siguiente tabla de casos de uso identificados no tiene carácter exhaustivo ni vinculante, sino
ejemplificativo, y se actualizará de acuerdo con la evolución tecnológica, la normativa aplicable y las
necesidades organizativas de la Agencia.
Cabe reiterar que esta política no evalúa ni clasifica los casos de uso en términos del Reglamento de
Inteligencia Artificial. No obstante, y en todo caso, se considera que ninguno de los casos de uso
pueda encajar en la categoría de sistemas de alto riesg o –ni, obviamente, prohibidos – definida por
dicho Reglamento. A mayor cautela, si en una fase posterior de desarrollo o despliegue se apreciara
que un caso de uso pudiera estar comprendido en alguno de los supuestos regulados por el
Reglamento de Inteligen cia Artificial, correspondería aplicar íntegramente el régimen jurídico
previsto en dicho instrumento.
4 Como pueden ser sistemas de recogida de datos, procesado, transmisión, almacenamiento o incluso de ayuda a la
decisión no basados en sistemas IAG. 5 Es importante no confundir el riesgo que puede existir en proceso (o tratamiento cuando hay datos personales) con
el riesgo de un sistema IA. En muchos casos de uso de distinto riesgo se piensa usar el mismo sistema. Tampoco hay
que confundir el riesgo qu e el uso de un sistema IA puede suponer para una organización (como el riesgo
reputacional) con la clasificación de riesgo que tiene un sistema de IA de acuerdo al Reglamento (UE) 2024/1689.
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ADMINISTRATIVOS DE LA AEPD
7
Casos de Uso Descripción
Estructuración, gestión o
resumen de documentos
generales y abiertos
(documentos públicos)
Aplicación de modelos inteligentes para resumir, extraer
información clave y transformar documentos de carácter
público o no confidencial en formatos estructurados que
faciliten su análisis o reutilización. Pueden generarse
versiones de clasificación o aná lisis automatizado con fines de
estudio o divulgación, garantizando en todo caso la
anonimización y la exclusión de datos personales.
Traducción de documentos
público s
Facilitar la traducción de documentos públicos en diferentes
idiomas. Permite traducir documentos redactados en lenguas
extranjeras (por ejemplo, resoluciones de autoridades
europeas) al español, o viceversa, adaptando el estilo de la
traducción según el p úblico objetivo.
Generación de contenidos de
comunicación institucional
Asistencia integral a la producción y revisión de materiales de
comunicación institucional.
Generación de esquemas,
mapas conceptuales e
infografías para la
comunicación
Creación de esquemas, mapas conceptuales e infografías
explicativas elaboradas a partir de información pública o de
fuentes abiertas, para apoyar la comprensión y difusión de
contenidos.
Generación material y
contenidos multimedia
interactivo y de comunicación
Desarrollo de contenido multimedia interactivo destinado a la
educación y divulgación ciudadana, así como composición
automática de música o sonido ambiental para acompañar
vídeos o actos públicos institucionales o promocionales.
Generación de audios o vídeos a
partir de contenidos y
documentación abierta
Generación de locuciones o vídeos sintéticos, obtenidas
exclusivamente a partir de documentación pública o no
confidencial y sin datos personales, aplicables a audioguías,
servicios telefónicos o materiales accesibles.
Elaboración de contenidos
divulgativos o formativos
Apoyo en la creación de materiales de sensibilización y
formación interna o externa sobre protección de datos,
accesibles y adaptados a distintos perfiles.
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ADMINISTRATIVOS DE LA AEPD
8
Identificación de tendencias o
patrones a partir de fuentes
abiertas
Identificación de tendencias o patrones mediante el análisis
automatizado de información abierta para el apoyo a la toma
de decisiones.
Elaboración de gráficas, tablas e
informes a partir de información
de acceso público o no
confidencial
Elaboración automática de gráficos, tablas e informes
financieros o presupuestarios basados en datos de acceso
público o no confidenciales, garantizando la exclusión de
información personal o sensible.
Asistencia en la aproximación y
preparación general de
argumentos, estudios jurídicos y
técnicos
Utilización de sistemas de IA generativa para el análisis y
contraste de fuentes jurídicas, doctrinales o técnicas de
carácter público o no confidencial, con el fin de elaborar
marcos argumentales, estudios comparados, notas técnicas o
hipótesis interpreta tivas. Estas herramientas apoyan la
preparación de estrategias o enfoques jurídicos sin sustituir la
valoración profesional ni implicar toma de decisiones
automatizadas.
Asimismo, pueden emplearse para el análisis exploratorio y
sistemático de fuentes jurídicas o abiertas, la comparación de
marcos normativos o doctrinales, y la elaboración de estudios
generales que no involucren información confidencial ni datos
personales .
Asistencia en la redacción inicial
de elementos generales y
aislados cuyas ideas luego
puedan incorporarse a
resoluciones, informes o guías
técnicas
Utilización de sistemas de IA generativa para el análisis y
contraste de fuentes jurídicas, doctrinales o técnicas de
carácter público o no confidencial, con el fin de elaborar
marcos argumentales, estudios comparados, notas técnicas o
hipótesis interpreta tivas. Estas herramientas apoyan la
preparación de estrategias o enfoques jurídicos sin sustituir la
valoración profesional ni implicar toma de decisiones
automatizadas.
Asimismo, pueden emplearse para el análisis exploratorio y
sistemático de fuentes jurídicas o abiertas, la comparación de
marcos normativos o doctrinales, y la elaboración de estudios
generales que no involucren información confidencial ni datos
personales .
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
ADMINISTRATIVOS DE LA AEPD
9
Asistencia en tareas de
desarrollo y configuración de
sistemas
La IA se ha convertido en una herramienta clave para tareas
técnicas como scripting, generación de consultas SQL,
construcción de expresiones regulares y resolución de dudas
sobre software específico. Facilita gran parte del trabajo,
permitiendo a los usua rios enfocarse en la revisión y ajuste
fino en lugar de empezar desde cero. Esto es especialmente
útil en entornos donde se manejan múltiples tecnologías y
configuraciones avanzadas de sistemas.
Asistente interno normativo o
doctrinal
Desarrollo de asistentes virtuales internos que faciliten la
consulta rápida de legislación, resoluciones, informes
jurídicos, criterios interpretativos de la Agencia, etc.,
mejorando el acceso al conocimiento organizativo. Pueden
servir de apoyo para la i nspección, para las distintas fases de
tramitación de solicitudes de aprobación de códigos de
conducta y las de solicitudes de acuerdos de transferencias
internacionales, o para la elaboración de resúmenes
anonimizados para apoyo a divulgación de contenido s, entre
otras.
Transcripción de audio y vídeo
procedente de fuentes abiertas
sin información confidencial
Transcripción de contenidos multimedia de fuentes abiertas o
no confidenciales para su incorporación a diferentes flujos de
trabajo o estudios. Podría contener datos personales.
Transcripción de audio y vídeo
que contenga información
interna, privada o confidencial,
en su caso de reuniones y apoyo
a la generación de actas
Transcripción de reuniones internas, en su caso para apoyo a
la generación de actas. Así como de audios particulares de
entrevistas concedidas o intervenciones realizadas por el
personal de la Agencia en actos o eventos y elaboración de
resumen del texto r esultante.
Estructuración, gestión o
resúmenes de documentos
administrativos internos o con
datos personales
Aplicación de modelos inteligentes para resumir, extraer
información clave y convertir documentos administrativos
internos en estructuras normalizadas que mejoren su
tramitación o análisis automatizado. En estos casos, debe
aplicarse una anonimización comp leta o parcial de los datos
personales y limitar el tratamiento a entornos seguros y
autorizados, por ejemplo, para elaborar versiones
anonimizadas destinadas a consultas de transparencia o
informes internos.
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
ADMINISTRATIVOS DE LA AEPD
10
Redacción de borradores,
cartas, correos o notas internas
con tono institucional
Utilización de sistemas inteligentes para elaborar propuestas
iniciales de respuesta a la ciudadan ía u organismos, o escritos
agilizando tiempos de tramitación y garantizando coherencia
en los mensajes institucionales.
Generación de borradores de
respuesta a consultas para
canales de atención al
ciudadano, canal DPD y joven.
La utilización de RAGs y sistemas bien afinados permitirán
acceder a información actualizada en tiempo real sobre todo
el material producido por la .... .... ........ .......... ..
respuestas a consultas específicas de los canales de atención
al ciudadano, canal del DPD y canal joven.
Clasificación y resumen de
denuncias, reclamaciones,
consultas y otras entradas.
Aplicación de modelos de procesamiento de lenguaje natural
(PLN) para facilitar el tratamiento inicial de la información que
llega a la Agencia, permitiendo su categorización, indexación y
análisis preliminar.
Apoyo en el análisis de EIPD
(Evaluación de Impacto en
Protección de Datos)
Utilización de modelos expertos para realizar un primer triaje
o apoyo documental en los informes de evaluación de
impacto, proporcionando plantillas, criterios comunes o guías
de análisis.
Gestión inteligente del plan
estratégico
La automatización de la gestión del plan estratégico facilita el
seguimiento en tiempo real de los indicadores relativos al
cumplimiento de los objetivos y resultados. Permite
automatizar la metodología escogida, optimiza la ejecución de
la estrategia y pe rmite la toma de decisiones basada en datos
en tiempo real. Análisis de datos y visualización de resultados
para seguimiento de planes e indicadores.
Asistencia en la redacción de
resoluciones, informes o guías
técnicas.
Uso de herramientas de IA generativa como apoyo a la
elaboración inicial de borradores de documentos normativos y
doctrinales, facilitando la estructuración de contenidos y
aumentando la eficiencia en la producción documental
relativa a casos específicos.
Sistemas de alertas inteligentes
(priorización de denuncias,
reclamaciones, notificaciones y
otras entradas)
Desarrollo de sistemas de IA o RPA que permitan detectar y
priorizar denuncias, brechas de datos o comunicaciones
sensibles, incluyendo alertas automáticas para casos de alto
impacto, colectivos vulnerables o situaciones que requieran
una atención priorita ria a criterio de la Agencia, permitiendo
así una gestión ágil y focalizada.
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
ADMINISTRATIVOS DE LA AEPD
11
Soporte a la tramitación de
expedientes y notificaciones de
brechas de datos
La tramitación de expedientes y/o notificaciones de brechas
de datos personales son procesos manuales asistidos por
varias herramientas corporativas. La IAG permite acelerar
tareas, desde la clasificación inicial de las entradas por
registro, su categoriz ación y extracción de información
estructurada, hasta la elaboración de resúmenes y borradores.
Los casos de uso planteados no agotan el potencial de la aplicación de estas tecnologías en la
organización, que podrá n ampliarse progresivamente y que se incorporarán a la presente política una
vez se identifiquen.
Antes de su implantación, cada caso de uso se desarrollar á y analizar á en un Anexo a esta política
general con los siguientes criterios :
• Descripción extendida.
• División/Subdirección responsable.
• Impacto general estimado sobre los objetivos de la AEPD.
• Tipo de sistema recomendado.
• Riesgos por requisitos o implicaciones.
• Observaciones/obligaciones específicas.
4. ANÁLISIS DE LOS RIESGOS PLANTEADOS POR LA IAG
La implantación de inteligencia artificial generativa en los procesos del ámbito administrativo, en
particular por su novedad, requiere un análisis de los riesgos que deben ser identificados y
gestionados adecuadamente para cada caso de uso (o grupos de ca sos de uso).
Los riesgos se han gestionado en función de cómo pueden comprometer los distintos objetivos de la
AEPD con relación al despliegue de sistema de IAG en los procesos de la AEPD, entre los que está, de
forma prioritaria, la protección de los derechos y libert ades de la ciudadanía . Las amenazas
específicas que implican la inclusión de sistemas IAG en procesos de la .... . ... ..... .. ......
los objetivos se identifican a continuación 6 sin perjuicio de los riesgos particulares que deban
analizarse en cada proceso o tratamiento concreto en el que se apliquen los distintos casos de uso .
6 Se desarrollan en un documento anexo .
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
ADMINISTRATIVOS DE LA AEPD
12
Objetivos de la AEPD Grupos de Amenazas
Aumentar la eficacia de los
procesos de la .... . ....é. ..
la innovación
• Ineficacia de los sistemas de IA
• Inseguridad de la infraestructura y falta de continuidad de
procesos
• Interacción humana incorrecta, irresponsable o perjudicial
con la IA
Proteger los derechos
fundamentales
• Ineficacia de los sistemas de IA
• Sesgo y discriminación
• Impactos para los derechos y libertades con relación a la
protección de datos: LIINE4DU
• Inseguridad de la infraestructura y falta de continuidad de
procesos
• Divulgación de información no personal
• Interacción humana incorrecta, irresponsable o perjudicial
con la IA
Proteger la información sensible
o confidencial de la AEPD
• Inseguridad de la infraestructura y falta de continuidad de
procesos
• Divulgación de información no personal
• Interacción humana incorrecta, irresponsable o perjudicial
con la IA
Garantizar la salud y seguridad
en el trabajo
• Impactos para los derechos y libertades con relación a la
protección de datos.
• Interacción humana incorrecta, irresponsable o perjudicial
con la IA
• Impacto en los derechos del personal empleado.
Garantizar la continuidad de
procesos
• Inseguridad de la infraestructura y falta de continuidad de
procesos
• Desgobierno y pérdida de integridad institucional
Controlar los costes operativos y
financieros
• Desgobierno y pérdida de integridad institucional
Fortalecer la confianza de la
ciudadan ía en la AEPD
• Ineficacia de los sistemas de IA
• Sesgo y discriminación
• Impactos para los derechos y libertades con relación a la
protección de datos.
• Inseguridad de la infraestructura y falta de continuidad de
procesos
• Falta de transparencia y explicabilidad de las actuaciones
basadas en IAG
• Falta de coherencia ante situaciones similares o
desviaciones en la aplicación de criterios vigentes.
No todos los procesos de la entidad tienen el mismo nivel de criticidad respecto al cumplimiento de
los objetivos de la AEPD , por lo que se los distintos casos de uso se clasificarán en función del nivel de
riesgo que present en.
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
ADMINISTRATIVOS DE LA AEPD
13
El análisis en detalle de estas amenazas y el impacto que pudieran tener en función del tipo de sistema
IAG que se implemente en los procesos se desarrolla rá en un documento Anexo a esta política general.
5. GOBERNANZA, POLÍTICAS Y GESTIÓN DE LA IAG
Este apartado recoge el conjunto de medidas estructurales que implementa la .... .... .........
los objetivos planteados con la implementación de sistemas de IAG. Está formada:
• Por un modelo de gobernanza interna con relación a la IAG.
• Por el conjunto de políticas que determinan las medidas marco que guiarán la
implementación de los casos de uso y que se adaptarán a la criticidad de los procesos y el
impacto que pueda suponer la materialización de una amenaza.
• Por el conjunto de procedimientos básicos para implementar dichas políticas, sin perjuicio
de extenderlos en función de las necesidades detectadas.
A) Gobernanza interna
Se establece un modelo de gobernanza de la implementación en los procesos de la .... .. ........
IAG que manejan datos personales o no personales 7. Tiene como propósito alcanzar todos los
objetivos planteados por la .... (... ........ ..).
La estructura de la gobernanza de la IA incluye la participación de todos los niveles de la organización,
para conciliar prioridades, agilizar la resolución de conflictos, e involucra a actores externos y
fomentar colaboraciones interinstitucionales promov iendo buenas prácticas, herramientas comunes
y lecciones aprendidas.
En la AEPD, se establecen los siguientes roles:
• Responsable de la Organización , la autoridad que decide usar o desarrollar uno o varios
sistemas IAG dentro de los casos de uso de la AEPD. En el caso de la .... ............ ...
el Presidente.
• Responsables funcionales de los casos de uso , encargados de definir objetivos, requisitos
y supervisar la eficacia. En el caso de la .... ... ............. ........., ... .......... ..
División, el responsable del Gabinete de Prensa y Comunicación y el responsable del Servicio
Jurídico.
7 La .... .. ........ .......... ................ ..... ............ .. ..... ... .. ... .. .. ..........., ....
sí está obligada, como cualquier otra organización, a implementar una política de información que cumpla con toda
la normativa y con sus objetiv os de eficacia y eficiencia.
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
ADMINISTRATIVOS DE LA AEPD
14
• Responsables técnicos , encargados de la implementación, mantenimiento y seguridad de
los sistemas. En el caso de la AEPD, la Secretaría General.
• Delegado de Protección de Datos , que velará por el cumplimiento del RGPD y la aplicación
de la responsabilidad proactiva.
• Responsables de seguridad de la información , encargados de garantizar la
confidencialidad, integridad y disponibilidad de los sistemas. En el caso de la AEPD, el
Subdirector General Adjunto de Promoción y Autorizaciones.
• Responsable IA , que coordinará el despliegue estratégico, la supervisión, la interlocución
transversal entre unidades y el seguimiento de buenas prácticas. En el caso de la AEPD, la
División de Innovación Tecnológica, representada por su Director.
B) POLÍTICAS
La presente política general, en la inclusión de sistemas de IAG en los casos de uso se seguirán las
siguientes políticas para su diseño, implementación, explotación y mantenimiento:
POLÍTICA DE SELECCIÓN DEL TIPO DE SOLUCIÓN IAG
Los sistemas de IAG podrían formar parte de los procesos de la organización con distintos grados de
integración:
• Inclusión o modificación de una fase del proceso mediante IAG, sin que exista una
integración en los sistemas de información de la organización, como puede ser el caso de la
etapa de corrección de textos cuando se utilice mediante un servicio accesible a t ravés de un
navegador.
• Funciones integradas en herramientas ofimáticas o en herramientas de workflow que
supongan la interacción con sistemas de IAG y posibles conexiones con herramientas
externas cuando el usuario tiene pleno control de la información con la que interactúa la IAG.
Por ejemplo, cuando un usuario tiene abierto un documento concreto y util iza la IAG sobre
ese documento para traducción, resumen u otros.
• Integración plena en el entorno ofimático corporativo, donde el sistema IAG es un elemento
inseparable que interviene en todo el flujo de trabajo administrativo incluyendo todo tipo de
herramienta del entorno y medios de almacenamiento, lo que implica posi ble acceso del
sistema IAG a toda la información procesada en el entorno ofimático de la organización y
conectividad con utilidades externas a través de Internet.
• Integración en la infraestructura TIC de la organización, a nivel de sistema operativo y
comunicaciones.
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
ADMINISTRATIVOS DE LA AEPD
15
A su vez, los sistemas de IAG permiten tres enfoques básicos para su implementación:
Enfoques Fortalezas Debilidades
Sistemas IAG de terceros
desplegados en
infraestructura fuera del
control de la organización,
utilizados como SaaS bajo sus
términos de uso (Sistema
Externo):
Están gestionados y
mantenidos por proveedores
externos y están accesibles a
través de plataformas en línea.
A su vez, pueden estar
integrados en sistemas más
amplios. Pueden ser utilizados
para implementar una fase en el
procedimiento (acceso a través
de navegadores a servicios
como ChatGPT, Perplexity,
Mistral, ALIA , etc .), o integrados
en el entorno ofimático como
Microsoft 365 Copilot.
• Ineficacia de los sistemas
de IA
• Facilidad de uso
• Gran potencia
• Interfaz vía web o API
• Menor mantenimiento
• Mayor evolución
tecnológica
• Revelación de información
personal, de los usuarios
finales y ciudadanos,
sensible y confidencial a
terceros.
• Posibilidad de perfilado de
usuarios
• Falta de control sobre los
flujos de datos.
• Falta de control sobre las
versiones.
• A largo plazo, falta de
control de los costes
financieros.
• Difícil automatización de las
políticas de uso por el
personal de cada sistema
IAG.
• Posibilidad de alucinaciones
y correlaciones irrelevantes.
• Sin control de repetibilidad
• Sin control sobre sesgos.
• Posible carencia de
trazabilidad en los flujos de
datos
• Sin posibilidad de auditar
• Exposición a ataques a
través de Internet:
potenciales
vulnerabilidades en
interfaces, APIs y otros.
• Cambios unilaterales en ToS
y discontinuidad de
producto.
• Explicabilidad muy limitada.
Sistemas IAG desarrollados
por terceros y desplegados en
infraestructura bajo control
de la organización (Sistema
interno):
• Ineficacia de los sistemas
de IA
• Auditable
• Posibilidad de trazabilidad
de flujos de datos.
• Protección desde el diseño
de los flujos información
• Requieren mayor inversión
inicial.
• Requieren mayor
capacitación del personal
• Requieren mayor
mantenimiento.
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
ADMINISTRATIVOS DE LA AEPD
16
El modelo se implementa en la
infraestructura propia o en una
nube privada. Generalmente,
aunque no limitado, utilizando
modelos de pesos abiertos
como Llama, Qwen, Gemma o
Mistral. También soluciones
bajo licencia comercial que se
puedan desplegar
íntegra mente en
infraestructura propia de la
organización, incluyendo los
modelos.
personal, de los usuarios
finales y ciudadanos,
sensible y confidencial.
• Control sobre el entorno
de ejecución.
• Integración con sistemas
internos.
• Permiten un mayor diseño
de interfaces a medida.
• Control de costes
financieros.
• Permite desarrollar
pruebas de explicabilidad
controladas
• Posibilidad de alucinaciones
y correlaciones irrelevantes.
• Evolución tecnológica
dependiente de recursos.
• Poco control sobre sesgos.
Sistemas IAG desarrollados
internamente o por terceros
bajo especificaciones a
medida y desplegados en
infraestructura bajo control
de la organización e
integrado con sistemas
internos (Sistema Ad -hoc):
Ofrecen el máximo nivel de
personalización y control.
Incluyen modelos de código
abierto sobre los que se realiza
un proceso de fine -tuning
adaptado a necesidades
específicas.
Además de las ventajas del
anterior:
• Máximo nivel de
adecuación a los casos de
uso concretos.
• Mejor eliminación de
alucinaciones.
• Con conocimiento
específico integrado.
• Control sobre sesgos.
• Mayor explicabilidad.
• Requieren mayor inversión
inicial.
• Requieren mayor
mantenimiento.
• Implican un proceso de
postdesarrollo con recursos
propios y/o contrataciones
externas.
• Evolución tecnológica
dependiente de recursos.
Cada uno de estos de estos enfoques de implementación , en combinación con los diversos niveles de
integración , implica diversas ventajas e inconvenientes, plantea distintos riesgos para el
cumplimiento de los objetivos de la presente política general y permite implementar con distinta
eficacia las políticas que se despliegan a continuación.
Como se establece en el procedimiento para incorporar casos de uso, se deberá seleccionar el
enfoque y nivel de integración más adecuado para la incorporación de sistemas IAG en cada caso de
uso en función de la evaluación del riesgo para el cumplimiento d e los objetivos de esta política
general.
POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE INFORMACIÓN PERSONAL Y SENSIBLE O CONFIDENCIAL
Cada caso de uso tendrá un grado distinto de acceso a información personal y sensible o confidencial,
existiendo casos en los que dicho acceso será nulo. Esta circunstancia deberá ser cuidadosamente
evaluada durante el procedimiento para incorporar cada ca so de uso. En dicha evaluación ha de
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analizarse, en particular, si se han establecido medidas que evitan el tratamiento de información
personal del propio usuario del sistema IAG.
• Los casos de uso que impliquen el proceso por parte de un sistema IAG 8 de información
personal, sensible o confidencial se implementarán, en aplicación del principio de
precaución :
○ Preferentemente en sistemas IAG internos o ad -hoc .
○ En caso de que la aproximación anterior impida la consecución de otros objetivos de la
presente política general, se podrán implementar en sistemas IAG externos que
proporcionen evidencias de cumplimiento de la presente política general, más allá de
meras manifestaciones o compromisos contractuales.
POLÍTICA DE DISEÑO DE LOS CASOS DE USO
• Los casos de uso que precisen tratar información personal identificable y datos sensibles o
confidenciales con los sistemas IAG, se implementaran en sistemas IAG que permitan que la
organización mantenga el control operativo y la supervisión directa sobre las medidas de
confidencialidad y las garantías de limitación de la finalidad
• En el diseño y aplicación de los casos de uso de IAG se analizará y verificará :
○ Que las herramientas empleadas presenten interfaces sencillas y entornos de trabajo
comprensibles, adaptados al nivel técnico del personal usuario, con instrucciones visibles
sobre el modo correcto de solicitar, revisar y reutilizar los resultados generado s.
○ Que exista información o documentación clara y suficiente sobre el funcionamiento
general del modelo, incluyendo información sobre el tipo y procedencia aproximada de los
datos empleados en su entrenamiento, las limitaciones conocidas y los posibles sesgos
identificados.
○ Que los contenidos generados (textos, imágenes, resúmenes o informes) sean revisados y
contrastados por personal competente, utilizando fuentes institucionales o verificadas, y
que el procedimiento establezca mecanismos de validación colaborativa cuando lo s
resultados puedan incidir en decisiones o documentos oficiales.
• En los sistemas de IAG desarrollados o gestionados directamente por la .... .. .....á.
incorporar mecanismos de trazabilidad y registro básico de las interacciones, 9 que permitan
identificar los usos realizados, los perfiles de usuario y la finalidad declarada, sin conservar
8 Puede que el caso de uso se implemente, por ejemplo, en un proceso que sea un tratamiento de datos personales,
pero la IAG no se emplee para tratar dichos datos. 9 Las referencias a la trazabilidad y al registro en esta política se emplean exclusivamente en el sentido de control
interno, gestión organizativa y verificación básica del uso responsable de los sistemas. No deben entenderse como
una remisión a los requisi tos de trazabilidad, registro o documentación previstos en el Reglamento de Inteligencia
Artificial para los sistemas de alto riesgo, ni como una evaluación o aplicación de dicho marco normativo.
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innecesariamente el contenido generado. Estos registros facilitarán la supervisión interna y
el cumplimiento de las políticas de uso responsable.
• En el caso de soluciones externas o integradas en plataformas no controladas por la AEPD,
se adoptarán medidas complementarias de control organizativo y técnico, tales como la
limitación del acceso a entornos previamente autorizados, la prohibición expresa de
introducir información personal, confidencial o no publicada, y la incorporación de avisos
visibles o recordatorios sobre el uso permitido. Podrá establecerse asimismo un registro
básico de accesos y finalidades con el fin de garantizar la trazabilidad y asegurar un uso
seguro y conforme a las normas internas.
• Los eventuales cambios sustanciales en el ámbito de un caso de uso, su impacto, las
personas físicas afectadas, el rendimiento del modelo, etc., deberán tratarse como un nuevo
caso de uso.
POLÍTICA DE DISPONIBILIDAD Y RESILIENCIA
• Desarrollo de planes de continuidad y respaldo, que en caso de fallo o indisponibilidad del
sistema IAG aseguren el funcionamiento del proceso en el que se ha implementado el caso
de uso.
• Selección e implementación de sistemas IAG de forma que no generen dependencia de un
solo proveedor.
• En aquellos casos de uso en los que el sistema IAG juegue un papel crítico para la continuidad
de procesos que, a su vez, sean claves para la organización, deben implementarse medidas
que garanticen dicha continuidad. Por ejemplo, asegurarse la posibilidad de tener acceso a
más de un sistema IAG, que haya una posibilidad real y eficaz de migrar entre sistemas IAG y
con interoperabilidad entre la información que sea necesaria para la ejecución de los
procesos.
• Control de la puesta en explotación . de nuevas versiones de sistemas IAG :
○ En sistemas de IAG externos, que esté garantizado por contrato la información sobre
nuevas versiones, en particular el control de optar por la nueva versión, y la información
con evidencias de pruebas de comportamiento del sistemas o nuevos límites y conte xto de
uso .
• En caso de desarrollo de sistemas internos :
○ Aislamiento de entornos de entrenamiento y ejecución para prevenir propagación de fallos
o vulnerabilidades.
○ Entrenamientos en entornos seguros, con control de versiones y validación previa antes
del paso a producción .
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○ Uso de técnicas de fine tuning reversibles (como LoRA o Adapters) que permitan
actualización o retirada de componentes específicos sin afectar al sistema completo
• Supervisión de los sistemas de RAG mediante mecanismos de validación de fuentes, borrado
controlado y protección frente a inyecciones maliciosas En aquellos casos de uso
POLÍTICA DE TRANSPARENCIA CON RELACIÓN AL USO DE IAG
Con relación a la transparencia: 10
• Se documentarán los procedimientos, su ejecución y las decisiones realizadas en el marco
de esta política general, garantizando su trazabilidad y conservación.
• Inclusión obligatoria de los sistemas IAG en el inventario de activos digitales del organismo,
clasificando su criticidad, finalidad y relaciones con otros sistemas, accesible a todo el
personal .
• En los procesos de selección o desarrollo de sistemas IAG se exigirá la incorporación de
mecanismos de control de accesos, registro de uso y trazabilidad, especialmente en
entornos que puedan conectarse con documentación interna o sensible (por ejemplo,
sistemas RAG o plataformas documentales).
• Se establecerá un proceso documentado de gestión de incidentes con relación a la IAG.
• Los interfaces y entornos de trabajo deberán hacer visible al usuario cuando está
interactuando con un sistema IAG, e incluir mensajes o recordatorios sobre las condiciones
de uso y la necesidad de revisión humana de los resultados.
• La .... ........á .. ........... ........ ... ... .. .. ... ........ ........... .. ...
responsable y calidad de resultados, verificando -además - el cumplimiento de las
condiciones contractuales, las garantías de seguridad y la confidencialidad acordadas c on
los proveedores. Este seguimiento se limitará al uso interno en la AEPD, sin incluir la
auditoría de los modelos ni de los datos empleados en su entrenamiento.
POLÍTICA DE EXPLICABILIDAD
En aquellos sistemas IAG empleados directa o indirectamente para soporte a la decisión, para su
selección en un caso de uso se tendrá en cuent a:
• La información que proporcione sobre las fuentes utilizadas.
10 La referencia a la transparencia en esta política se emplea exclusivamente en sentido organizativo interno y no
guarda relación con las obligaciones de transparencia previstas en el artículo 13 del Reglamento de Inteligencia
Artificial para los sistemas de al to riesgo, ni debe entenderse como una interpretación o desarrollo de dicho régimen.
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• La información que proporcione sobre cómo descarta determinadas fuentes o evita
determinadas respuestas.
• La información sobre los pasos de razonamiento utilizada.
• La capacidad del usuario de seleccionar o restringir las fuentes.
• Si existe y se proporciona información sobre la calidad de la respuesta.
• Acceso al, o posibilidad de crear, un “Golden data set” o conjunto de datos de alta calidad
para su uso como referencia para evaluar y validar el funcionamiento del sistema.
• Si se ofrece por el proveedor resultados de la evaluación realizada sobre las métricas de
rendimiento que puedan ser oportunas para el caso de uso específico.
POLÍTICA CON RELACIÓN A LAS DECISIONES AUTOMATIZADAS Y SU SUPERVISIÓN
En el diseño de la implementación de un sistema IAG en un proceso se seguirán las siguientes
políticas:
• En la implementación de sistemas IAG en los procesos de la AEPD, no existirán decisiones
automatizadas basada únicamente en el tratamiento automatizado, incluida la elaboración
de perfiles, que produzca efectos jurídicos en él o le afecte significativament e de modo
similar.
• En la implementación de sistemas IAG en los procesos de la .... .. .......á .. ......... ..
precaución de forma que no quede margen de duda en la aplicación del párrafo anterior.
• Todos los sistemas de soporte a la decisión emplead os en procesos de la .... ...... ......
a derechos fundamentales, garantías procedimentales, tenga efectos jurídicos o puedan
poner en riesgo los objetivos de esta política, se implementarán con las siguientes
salvaguardas:
○ El proceso en el que se incluye el sistema de IAG ha de contemplar la validación y control
humano previo, en cualquier caso 11.
○ Se realizará formación a los usuarios (ver política de recursos humanos y procedimiento de
capacitación continua del personal) para cumplir de forma efectiva la supervisión humana.
○ En el procedimiento de supervisión se incluirá una evaluación de la carga de trabajo para
determinar si es posible la intervención humana de forma efectiva.
11 Las menciones a la supervisión humana en esta política se utilizan en el sentido propio de la gestión de riesgos, del
control organizativo y, en su caso, de lo previsto en el RGPD para decisiones automatizadas. No deben interpretarse
como una referencia a los requisitos de supervisión humana establecidos en el Reglamento de Inteligencia Artificial
para los sistemas de alto riesgo ni como un análisis conforme a dicho Reglamento.
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○ Se aplicarán las recomendaciones de la Nota Técnica sobre supervisión humana del
Supervisor Europeo de Protección de Datos 12.
POLÍTICAS CON RELACIÓN A LA PROTECCIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES Y TRATAMIENTO DE DATOS
PERSONALES
La evaluación y gestión de riesgos para los derechos fundamentales se regirá por la normativa
aplicable en cada caso, incluidos, cuando proceda, los instrumentos previstos en el RGPD y en la
legislación nacional sobre el sector público. Si, en una fase pos terior, un sistema quedara
comprendido en el ámbito del artículo 6, apartado 2, del Reglamento 2024/1689, de inteligencia
artificial correspondería realizar la evaluación de impacto que dicho Reglamento exige, debiendo
acudirse en ese supuesto a las guías, procedimientos o instrumentos específicos previstos en dicho
marco normativo.
Asimismo, cabrá realizar una Evaluación de Impacto para la Protección de Datos cuando:
○ el caso de uso suponga un tratamiento de datos personales que entrañe un alto riesgo para
los derechos y libertades de las personas físicas (en este caso ya existirá una EIPD que se
tendrá que revisar al cambiar parte de la naturaleza del tratamiento).
○ el caso de uso suponga un tratamiento de datos personales al que se incorpore uno o varios
sistemas de alto riesgo según el Reglamento 2024/1689 (RIA).
Más allá de cumplimiento de la normativa de protección de datos, en el diseño e implementación de
un sistema IAG dentro de un proceso se tomarán las siguientes medidas:
• En cuanto a explotación de los sistemas de IAG en cada caso de uso:
○ Se configurará la capacidad de acceso a datos de la organización, y a datos relativos a los
usuarios, por parte de los sistemas IAG aplicando el principio de min imización y de
conservación limitada de datos, tanto de metadatos como de la memoria de usuario , de
acuerdo con las necesidades del caso de uso.
○ Se diseñarán procedimientos o se implementarán herramientas que impidan la inclusión
accidental de datos personales o confidenciales en los prompts o en los ficheros a los que
el sistema IAG pueda acceder.
○ En sistemas IAG tipo RAG que requieran acceso desde servidores externos a datos de la
organización hay que implementar técnicas de anonimización o seudonimización en las
fuentes utilizadas reducir la exposición de información identificable.
• En cuanto al diseño de sistemas de IAG ad -hoc 13:
12 EDPS TechDispatch #2/2025 - Human Oversight of Automated Decision -Making 13 Modelos de código abierto refinados mediante procesos de fine -tuning
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○ Aplicación de medidas que eviten el enriquecimiento no controlado de los conjuntos de
datos (entrenamiento y recuperación), respetando los principios de limitación de finalidad
y min imización.
○ Aplicación de técnicas de anonimización y seudonimización antes del entrenamiento y en
las fuentes utilizadas por sistemas RAG que impliquen la comunicación a sistema IAG
externos.
○ Consideración del uso de técnicas de Privacidad Diferencial en los datos empleados para
evolución o ajuste fino, para reducir la posibilidad de memorización de datos personales
en el modelo.
○ Verificación documentada de que el modelo no incorpora datos personales o, en su caso,
de que el acceso se limita estrictamente al principio de necesidad (need -to -know).
• Establecimiento de mecanismos técnicos y organizativos para proteger derechos y
libertades de los interesados, tanto en el tratamiento como en la exposición de datos
estructurados, anonimizados o documentos internos.
POLÍTICA DE CIBERSEGURIDAD
En la implementación de sistema IAG en los procesos se deberá asegurar:
• Los sistemas de IAG se someterán a categorización ENS y cumplirán los principios y medidas
correspondientes al nivel resultante. Cuando el caso de uso implique información sensible,
datos personales de categorías elevadas o funciones críticas, se adoptarán controles de
‘nivel alto’.
• Además, se seguirán buenas prácticas de ciberseguridad reconocidas, tanto en el sector
público como en el ámbito tecnológico general 14, que sean específicas con relación al uso de
sistemas IAG y de acuerdo con el riesgo para la obtención de los objetivos de esta política
general. En particular, en cumplimiento del artículo 32 del RGPD.
• El Responsable de IA monitorizará las nuevas amenazas y vulnerabilidades del estado del
arte y el contexto de las soluciones IAG y el Responsable Técnico en los sistemas IAG
concretos implementados en la organización. La implementación de sistemas IAG en l os
casos de uso se tendrá que revisar ante la severidad de las nuevas amenazas y
vulnerabilidades detectadas.
• Aplicación de la Política de Información y seguridad de la AEPD.
• El uso de los sistemas de IAG se ajustará a las políticas corporativas de control de accesos y
registro de actividad de la AEPD. En cada caso de uso se evaluará y documentará el esquema
de identidades digitales que corresponda, determinando con qué perfil se accede —por
14 Si la solución de IA que se implementa es la de Microsoft -Azure, además, se seguirá la Guía de Seguridad de las TIC
CCN -STIC 884D.
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
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23
ejemplo, identificación personal del empleado, cuentas genéricas de una unidad,
identidades técnicas o de servicio, accesos temporales vinculados a proyectos u otras
modalidades autorizadas que resulten adecuadas para el caso de uso o para las necesidades
operativas de la organización —. La opción seleccionada deberá ser coherente con las
funciones asignadas y con las necesidades específicas del caso de uso.
• Inclusión de las particularidades de los sistemas IAG en el proceso de gestión de incidentes
con relación a, por ejemplo, identificación de sesgos, problemas de rendimiento o de
disponibilidad.
• Aislamiento de entornos críticos. Los sistemas que operen con información clasificada o de
alto impacto para el cumplimiento de los objetivos de esta política general deberán estar
aislados de forma lógica o física del resto de redes, especialmente de inte rnet.
POLÍTICA DE CONTRATACIÓN
En la contratación de soluciones IAG, especialmente cuando se trate de servicios externos o en la
nube, se evaluarán de forma previa y documentada, al menos, los siguientes aspectos:
• El tratamiento de metadatos / cookies: qué datos técnicos y de uso se recolectan (logs,
identificadores, telemetría, firma de dispositivo, etc.).
• Declaraciones explícitas de si el proveedor declara, no declara, o a qué nivel usa el contenido
de las conversaciones/archivos para mejorar servicios/modelos y en qué condiciones.
• Existencia y alcance de mecanismos para excluir el contenido del usuario del entrenamiento
(controles de cuenta).
• Posibilidad de configuración por el administrador de la cancelación de peticiones de
opiniones o de grado de satisfacción a los usuarios finales (feedback).
• Posibilidad de configuración y control por el administrador de revisiones manuales
realizadas por el proveedor de conversaciones o archivos y bajo qué garantías.
• La ubicación de datos: dónde pueden almacenarse/procesarse (EE. UU./UE/otras regiones)
• El cumplimiento RGPD.
• El tiempo de retención de datos: plazos o criterios para conservar chats y contenido del
usuario.
• El control e información que se proporciona sobre el despliegue de nuevas versiones y sus
características.
• La estabilidad del contrato y los términos de servicio. Evaluación de la estabilidad y
previsibilidad de los términos del servicio, incluyendo cláusulas de continuidad,
confidencialidad y seguridad.
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
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• Si en una fase posterior se apreciara que la solución a contratar pudiera quedar dentro del
ámbito de aplicación del RIA, corresponderá aplicar el régimen jurídico que dicho
Reglamento establezca.
POLÍTICA DE RECURSOS HUMANOS CON RELACIÓN A LA IAG
• Será requisito imprescindible que cualquier persona usuaria de estas tecnologías reciba
formación básica específica, y continua, sobre su correcto uso, sus limitaciones, buenas
prácticas y riesgos asociados teniendo en cuenta, entre otros, el contexto de los casos de uso
y de las pers onas o los colectivos de personas previsiblemente afectadas.
• Se incluirá en el plan anual de formación de la AEPD, y previa consulta al Responsable de IA,
la ejecución de tres tipos de capacitación continua del personal con los siguientes aspectos:
○ Sobre la presente política general.
○ Sobre cada uno de los sistemas AIG que sean necesarios para realizar sus funciones. En
particular, sobre prompt engineering , interpretación de salidas, identificación de sesgos y
errores, y gestión de incidentes, entre otros.
○ Capacitación técnica formación tecnológica para equipos TIC en diseño, mantenimiento y
control de sistemas automatizados e inteligentes sobre los sistemas de inteligencia
artificial y que permita identificar oportunidades y riesgos.
• Se dispondrán de forma online guías de uso y material de formación para el personal ,
incluyendo la presente política general.
• Se establece un canal para comunicación bidireccional con el personal por parte de Recursos
Humanos, más allá de la gestión de incidentes, para informar de cambios en la funcionalidad
o nuevos riesgos, evitar incertidumbre o malentendidos entre el personal, además de para
recoger sus sugerencias sobre nuevas oportunidades y posibles casos de uso.
• En el plan de supervisión incluirá el análisis de si la introducción IAG se acompaña de una
sobrecarga de trabajo, sustitución de tareas sin planificación o pérdida de funciones sin
reubicación.
POLÍTICA DE USO PARA EL PERSONAL
• La utilización de sistemas IAG para la ejecución del trabajo sigue las mismas restricciones
que se aplican para cualquier sistema o dispositivo personal con relación a la Política de
Seguridad de la AEPD.
• La utilización de sistema IAG estará restringida a las personas que hayan recibido la
formación adecuada, en particular, sobre estas políticas.
• No utilizar un sistema IAG que no se haya registrado en el inventario de sistemas IAG.
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
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25
• Los sistemas IAG deben ser usados únicamente para los propósitos establecidos en cada
caso de uso, y dentro de los límites de las capacidades indicados en la documentación.
• En la distribución interna de material generado con IAG, se comunicará el uso de IAG y en qué
grado el contenido está completamente generado por IAG.
• Todo contenido generado por IAG será revisado por la persona usuari a. Si está dirigido a
superior jerárquico o destinado a publicarse tendrá que pasar una revisión interna por pares.
• Los resultados generados por sistemas IAG deberán ser contrastados con fuentes fiables,
documentación interna o validación colaborativa, especialmente cuando afecten a procesos
críticos o decisiones relevantes para la ciudadan ía o entidades.
• Se min imizará a los estrictamente necesarios el uso en sistemas IAG externos el uso de
información sensible no personal, como referencias institucionales, nombres vinculados a
incidentes graves o documentos internos, aunque no contengan datos personales, q ue
puedan dañar la imagen corporativa o la estrategia institucional propia o de terceros.
• En el uso de los sistemas IAG se aplicarán las políticas corporativas de control de accesos y
registro de actividad de la AEPD, ajustando su configuración al caso de uso correspondiente
y lo señalado en el apartado de Política de seguridad.
• Casos de uso de especial sensibilidad o complejidad pueden precisar de políticas o términos
de uso específicos que extiendan lo establecido en este documento, que deberán ser
respetadas por los usuarios.
POLÍTICA DE SUPERVISIÓN DE ESTA POLÍTICA
• Se establece un procedimiento de supervisión de cumplimiento de esta política general.
• Se establece una supervisión periódica de todos los casos de uso.
• Se establece un procedimiento de gestión de incidentes de IAG integrado en el sistema de
gestión de incidentes de la AEPD.
C) PROCEDIMIENTOS
PROCEDIMIENTO DE REDACCIÓN APROBACIÓN Y REVISIÓN DE ESTA POLÍTICA GENERAL
• Esta política general será elaborada y mantenida por el Responsable IA siguiendo las
directrices del Responsable de la Organización.
• Se someterán a revisión previa del DPD, los Responsables funcionales, técnicos y de
seguridad de la información.
• Se someterán a la aprobación del Responsable de la Organización.
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
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• El Responsable IA iniciará un ciclo de revisión de las políticas cuando:
○ Lo establezca el Responsable de la Organización.
○ Se produzcan incidentes que comprometan el cumplimiento de los objetivos de estas
políticas.
○ Se identifiquen nuevos casos de uso.
PROCEDIMIENTO PARA INCORPORAR UN CASO DE USO
Los procedimientos descritos a continuación se aplicarán con un enfoque proporcional y flexible, en
función de la naturaleza y complejidad del caso de uso. Podrán utilizarse plantillas o mecanismos
simplificados, y elaborarse documentación común para vario s casos de uso de características
similares, siempre que se garantice la trazabilidad de las decisiones, la identificación de los
responsables y la coherencia con esta política general.
• Identificación de necesidades por el Responsable Funcional en el marco de los procesos de
la AEPD.
• Primera evaluación y, en su caso, diseño por el Responsable de IA, que incluirá:
○ Un análisis de riesgo con relación a las amenazas identificadas en esta política y las propias
del proceso en el que se incluya el caso de uso.
○ Realización de las oportunas Pruebas de Concepto.
○ Una recomendación sobre si incluir IAG, y en su caso, el tipo de entorno a elegir.
○ Un diseño del proceso del caso de uso que contemple la implementación de las políticas
anteriormente señalada.
• Revisión de la evaluación por el DPD (si procede), Responsable Técnico, de seguridad y
Gabinete Jurídico (si procede) para determinar el cumplimiento normativo (tanto de
protección de datos como de cualquier otra normativa aplicable).
• El Responsable Funcional elaborará un documento con los requisitos de diseño del caso de
uso que elevará al Responsable de la Organización, que incluya entre otros:
○ Documentación de cumplimiento normativo (tanto de protección de datos como de
cualquier otra normativa aplicable).
○ Aplicación de la política general.
○ Identificación de las necesidades de transparencia, explicabilidad, medidas con relación a
decisiones automatizadas, formación y supervisión.
○ Criterios de validación y control de versiones.
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• Aprobación por el Responsable de la Organización.
PROCEDIMIENTO DE DISEÑO Y DESPLIEGUE DE UN CASO DE USO
• El Responsable Técnico elaborará, a partir de los requisitos de diseño:
○ Elaboración de un plan de diseño del caso de uso.
○ Elaboración de un plan de despliegue, mantenimiento y retirada/sustitución.
○ Elaboración de un plan de verificación y validación.
○ Elaboración de un plan de contingencia.
○ Elaboración de guías, materiales, políticas y plan de formación específico (si aplicable).
• El Responsable Técnico lo elevará a la aprobación del Responsable de la Organización, que
realizará las consultas que considere adecuadas para comprobar el cumplimiento de dicha
política general.
• Una vez aprobado, el Responsable Técnico realizará la implantación y despliegue del
sistema.
• El Responsable Técnico realizará y documentará el plan de verificación y validación, cuyos
resultados contrastará con el Responsable de IA y, si resulta satisfactorio, elevará al
Responsable de la Organización la decisión de poner el sistema en explotación .
• El Responsable Técnico registrará el sistema IAG en el inventario.
PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE INCIDENTES
• Todo ......... .. .........á ... ...... .. ....... .. ........... .é......
• En la comunicación del ......... .. .. .. ..ñ....:
○ Ineficacia de los sistemas de IA
○ Inseguridad de la infraestructura y falta de continuidad de procesos
○ Interacción humana incorrecta, irresponsable o perjudicial con la IA
○ Sesgo y discriminación
○ Impactos para los derechos y libertades con relación a la protección de datos.
○ Divulgación de información no personal
○ Desgobierno y pérdida de integridad institucional
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○ Falta de transparencia y explicabilidad de las actuaciones basadas en IAG
○ Impacto en los derechos de l personal
○ Falta de coherencia ante situaciones similares o desviaciones en la aplicación de criterios
vigentes.
• El Responsable Técnico comunicará el ......... .. ........... .. .. ... .. ..........á ..
leve o grave.
○ En caso de incidentes leves, el Responsable de IA emitirá las recomendaciones oportunas
a los Responsable que considere oportuno.
○ En caso de incidentes graves, el Responsable de IA:
▪ Lo comunicará de forma inmediata al Responsable de la Organización y, en su
caso, al DPD.
▪ Propondrá al Responsable de la Organización las acciones que sean
necesarias.
▪ El Responsable de la Organización, en caso de que el ......... ...... . ..
sistema de alto riesgo según el RIA, ejecutará las obligaciones que impone el
art.73 del RIA.
▪ Iniciará un proceso de supervisión.
PROCEDIMIENTOS DE SUPERVISIÓN DE ESTA POLÍTICA
• El proceso de supervisión se iniciará por decisión del Responsable de la Organización, y por
indicación o consulta a los demás responsables.
• El proceso de supervisión se sugerirá por el Responsable de IA:
○ Anualmente
○ Existencia de un ......... ......
○ Monitorización de las nuevas amenazas y vulnerabilidades del estado del arte y el contexto
de las soluciones IAG 15.
○ Alerta de las herramientas automáticas de monitorización.
15 Ataques conocidos en otras organizaciones, vulnerabilidad publicitada, cambios normativo s de servicios
dependientes de otros países, cambios contractuales, cambios en contextos políticos, económicos, o sociales
relevantes.
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
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• El procedimiento de supervisión seguirá un enfoque de riesgos, priorizando los casos de uso
de mayor impacto o en los que haya sucedido un ......... ......
• El procedimiento de supervisión se ejecutará mediante una auditoría interna o externa en
función de la urgencia y disponibilidad de medios.
• Las acciones de supervisión comprobaran la aplicación de la presente política general, en
particular:
○ Identificación de los incidentes y posible solución.
○ Revisión de cumplimiento normativo
○ Cumplimiento de los principios establecidos en las políticas, en particular con relación a la
supervisión humana y usos permitidos.
○ Problemas identificados en la consecución de los objetivos de la .... . ....é. .. ...
métricas establecidas y posible solución.
○ Evaluación del Retorno de la Inversión (ROI) 16, en particular sobrecostes inesperados,
impacto financiero interno por mantenimiento, licencias o escalabilidad mal
dimensionada.
○ Evaluación periódica de vulnerabilidades. En función de la criticidad del sistema, se
realizarán comprobaciones de la robustez del sistema IAG ante amenazas según el estado
del arte ( por ejemplo, ataques de prompting ).
• El resultado del proceso de supervisión se documentará, incluyendo, si procede,
recomendaciones sobre la adaptación del sistema IAG o de los procedimientos del proceso
en el que se implementa el caso de uso, su sustitución o eliminación del sistema IAG.
• Se elevará a la decisión del Responsable de la Organización.
6. CONCLUSIONES
El presente documento establece una política general para la implementación, gobernanza y uso
responsable de sistemas de inteligencia artificial generativa en el ámbito interno de la AEPD. Su
finalidad es reforzar la capacidad tecnológica y organizativa de la Agencia, asegurando una
transformación digital segura, ética y plenamente conforme con el marco normativo vigente. Como
se ha señalado, esta política no es ningún instrumento de cumplimiento ni de desarrollo del
Reglamento de Inteligencia Artificial . A simismo y como se ha expuesto, no incorpora en ningún caso
la clasificación de sistemas conforme a dicho Reglamento, incluidos los supuestos de alto riesgo. En
conjunto, esta política busca situar a la .... .... ... .........ó. ....... .. .. ... ...........,
16 Entendida en términos de mejora del servicio a l a ciudadan ía antes que en términos monetarios .
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legal y transparente de la inteligencia artificial y la automatización en la Administración Pública. La
implantación progresiva de los sistemas, bajo una gobernanza sólida y con supervisión humana,
permitirá a la Agencia mejorar su eficiencia y capacidad t écnica sin renunciar a sus principios
fundacionales: la defensa de los derechos, la protección de la privacidad y la ejemplaridad
institucional.
Este documento proporciona, por tanto, una hoja de ruta realista, equilibrada y rigurosa para abordar
la transformación tecnológica de forma segura, controlada y alineada con el interés público. Su
implementación debe ir acompañada de un proceso continuo d e evaluación, adaptación y mejora,
que permita responder a los avances tecnológicos, los cambios normativos y las expectativas
sociales, consolidando así una inteligencia institucional madura, ética y sostenible.
7. REFERENCIAS
• Agencia Española de Protección de Datos (2020) Adecuación al RGPD de tratamientos que
incorporan IA
• Agencia Española de Protección de Datos (2020) Blog: Gobernanza y política de protección
de datos
• Agencia Española de Protección de Datos (2021) Gestión del riesgo y evaluación de impacto
en tratamientos de datos personales
• Agencia Española de Protección de Datos (2021) Requisitos para Auditorias que incluyan IA
• Agencia Española de Protección de Datos (2023) Aproximación a los espacios de datos desde
la perspectiva del RGPD
• Agencia Española de Protección de Datos y Supervisor Europeo de Protección de Datos
(2022) 10 malentendidos sobre el aprendizaje automático
• Asociación Española para el estudio, promoción y desarrollo del Marco de Competencias
Profesionales en Contratación Pública (2024) Guía práctica para el uso de IA generativa por
empleados públicos
• Comisión Europea (2019) Ethics guidelines for trustworthy AI
• Comisión Europea (2024) A strategic vision to foster the development and use of lawful, safe
and trustworthy Artificial Intelligence systems in the European Commission
• Comisión Europea (2024) Guidelines for staff on the use of online available generative
artificial intelligence tools
• Comité Europeo de Protección de Datos (2024) Opinion 28/2024 on certain data protection
aspects related to the .......... .. ........ .... .. ... ....... .. .. ......
POLÍTICA GENERAL PARA EL USO DE IA GENERATIVA EN PROCESOS
ADMINISTRATIVOS DE LA AEPD
31
• Commission Nationale de l'Informatique et des Libertés (2025) AI and GDPR: the ....
publishes new recommendations to support responsible innovation
• Commission Nationale de l'Informatique et des Libertés (2025) IA: Garantir la sécurité du
développement d’un système d’IA
• European Medicines Agency (2024) Harnessing AI in medicines regulation: use of large
language models (LLMs)
• Information Commissioner Office of UK () AI and data protection risk toolkit
• Information Commissioner Office of UK (2025) Internal AI Use Policy
• Office of the ....... ............ ... ........ .... .. .... -.... (....) .......... ... ...
use of generative AI by employees
• Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico () Recomendación sobre la
inteligencia artificial
• Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico y Organización de las Naciones
Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (2024) G7 toolkit for artificial intelligence in
the public sector
• Prof. Dr. Johan Wolswinkel - Council of Europe (2022) Artificial intelligence and
administrative law
• REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de
2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de
datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva
95/46/CE (RGPD)
• Supervisor Europeo de Protección de Datos (2023) TechSonar - Large language models (LLM)
Link: https://www.aepd.es/documento/politica-iag-aepd.pd
Testo del 2025-11-28 Fonte: aepd.es
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